Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Artículo 254 Federal de México
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Federal
Artículo 254.
La Sala Superior se integrará por siete Magistrados o Magistradas electorales y tendrá su sede en la Ciudad de México. Bastará la presencia de cuatro Magistrados o Magistradas para que pueda sesionar válidamente y sus resoluciones se tomarán por unanimidad, mayoría calificada en los casos expresamente señalados en las leyes o mayoría simple de sus integrantes.Las Magistradas y Magistrados durarán en su encargo seis años improrrogables.
La ausencia temporal de un Magistrado o Magistrada electoral, que no exceda de treinta días, será cubierta a través del método de insaculación pública de entre la totalidad de Magistradas o Magistrados de la Salas Regionales del mismo género que el de la ausencia que se cubre.
Para hacer la declaración de validez y de Presidenta Electa o Presidente Electo de los Estados Unidos Mexicanos, o para declarar la nulidad de tal elección, la Sala Superior deberá sesionar con la presencia de por lo menos seis de sus integrantes.
Las y los Magistrados electorales sólo podrán abstenerse de votar cuando tengan impedimento legal o no hayan estado presentes en la discusión del asunto. En caso de empate la Presidenta o el Presidente tendrá voto de calidad.
Cuando un Magistrado o Magistrada electoral disintiere de la mayoría o su proyecto fuera rechazado, podrá formular voto particular, el cual se insertará al final de la sentencia aprobada, siempre y cuando se presente antes de que sea firmada esta última.
Federal de México Artículo 254 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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