< Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros

Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros Artículo 26 Federal de México


Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros Federal
Artículo 26.

Todas las actuaciones deberán practicarse en días y horas hábiles. Serán días hábiles, respecto de las Entidades Financieras, todos los días del año, salvo los sábados y domingos y los que determine la Autoridad competente para resolver el procedimiento administrativo sancionador respectivo, mediante disposiciones de carácter general, acuerdos o publicaciones, realizadas en el Diario Oficial de la Federación con la periodicidad que determine cada Autoridad. Serán horas hábiles, respecto de las entidades financieras las comprendidas entre las nueve y las dieciocho horas. Asimismo, serán días hábiles respecto de las entidades comerciales, aquellos señalados con tal carácter en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

Sin perjuicio de lo dispuesto en este artículo, las Autoridades podrán llevar a cabo notificaciones por medios electrónicos fuera de las horas hábiles previstas en el párrafo anterior, en cuyo caso se entenderán realizadas en la hora hábil inmediata siguiente al momento en que se hubiere realizado.

Federal de México Artículo 26 Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros
Artículo 1 ...24 Bis 25 26 27 28 ...53
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse