< Ordenanza General de la Armada

Ordenanza General de la Armada Artículo 506 Federal de México


Ordenanza General de la Armada Federal
Artículo 506.

Cuando hubiere faenas de consideración para las que distribuya el Comandante a varios o a todos los Oficiales que no estuvieren de guardia, no deberán mezclarse en lo que sea exclusivo de ella, sino solamente en la parte de maniobra o en lo que tenga relación con la faena; entendiéndose que aun en ésta lleva la primera voz el Oficial Jefe de la guardia, debiendo obedecer y ejecutar lo que mandare en su curso, aun cuando sea más moderno, pues es el primer responsable de todo, después del Comandante, y se supone que manda repitiendo sus órdenes o arreglado a sus disposiciones.

Federal de México Artículo 506 Ordenanza General de la Armada
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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