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Código Civil Artículo 2370 Estado de Chiapas


Código Civil Chiapas
Artículo 2370.

SI SE HA CONVENIDO UN INTERES MAS ALTO QUE EL LEGAL, EL DEUDOR, DESPUES DE SEIS MESES CONTADOS DESDE QUE SE CELEBRO EL CONTRATO, PUEDE REEMBOLSAR EL CAPITAL, CUALQUIERA QUE SEA EL PLAZO FIJADO PARA ELLO, DANDO AVISO AL ACREEDOR CON DOS MESES DE ANTICIPACION Y PAGANDO LOS INTERESES VENCIDOS



Estado de Chiapas Artículo 2370 Código Civil
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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



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