Código Civil Artículo 2369 Estado de Chiapas
Código Civil Chiapas
Artículo 2369.
EL INTERES LEGAL ES EL NUEVE POR CIENTO ANUAL. EL INTERES CONVENCIONAL ES EL QUE FIJEN LOS CONTRATANTES, Y PUEDE SER MAYOR O MENOR QUE EL INTERES LEGAL; PERO CUANDO EL INTERES SEA TAN DESPROPORCIONADO QUE HAGA FUNDADAMENTE CREER QUE SE HA ABUSADO DEL APURO PECUNIARIO, DE LA INEXPERIENCIA O DE LA IGNORANCIA DEL DEUDOR, A PETICION DE ESTE, EL JUEZ, TENIENDO EN CUENTA LAS ESPECIALES CIRCUNSTANCIAS DEL CASO, PODRA REDUCIR EQUITATIVAMENTE EL INTERES HASTA EL TIPO LEGAL
Estado de Chiapas Artículo 2369 Código Civil
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Alejandro RitchLic. Cuauhtémoc F. Flores R.
Licenciado en Derecho Plutarco Hernandez Haas
Freddy Ruiz
jose
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
asesoria para divorcio necesario. gracias
pregunto en Querétaro-Mexico, se castiga el concubinato, quiero decir, aun no hay divorcio y él, ya vive y tiene otra familia. la cual , tambien le esta solicitando pensión alimenticia?
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