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Código Civil Artículo 1606 Estado de Hidalgo


Código Civil Hidalgo
Artículo 1606.

Si el autor de la herencia no deja descendientes, el cónyuge supérstite tendrá derecho al cien por ciento de los bienes del autor de la sucesión, siempre que éstos se hayan adquirido durante la vigencia del matrimonio, se hayan adquirido por herencia, legado o donación provenientes de persona ajena a la familia de aquel, o pertenezcan a la sociedad conyugal o legal.

Si existen bienes adquiridos por el autor de la sucesión fuera de la vigencia del matrimonio, o por herencia, legado o donación provenientes de su propia familia, tiene derecho a heredarlos en una tercera parte el cónyuge supérstite, y la porción restante sus ascendientes inmediatos en partes iguales y, a falta de éstos, el 50% para el cónyuge y el 50% para los hermanos del autor de la sucesión en igual porción.

El cónyuge supérstite tendrá derecho a heredar el cien por ciento de los bienes adquiridos por el autor de la sucesión fuera de la vigencia del matrimonio y los adquiridos por herencia, legado o donación provenientes de la familia de éste, cuando no sobrevivieren sus ascendientes inmediatos o hermanos



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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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