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Código Civil Artículo 2381 Estado de Jalisco


Código Civil Jalisco
Artículo 2381.

Cuando la renta vitalicia se constituya a favor de una persona que no ha transmitido el dominio de bien alguno, debe considerarse como una donación. Sin embargo, sólo se sujetará a los preceptos que regulan ese contrato, en lo que no contradigan las disposiciones de este capítulo



Estado de Jalisco Artículo 2381 Código Civil
Artículo 1 ...2379 2380 2381 2382 2383 ...3134
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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