Código Civil Artículo 566 Estado de Jalisco
Código Civil Jalisco
Artículo 566.
La pérdida de la guarda y custodia procederá cuando:
I. Se acredite que la persona menor de edad recibe de quien la detenta, ejemplos perniciosos o nocivos para su desarrollo;
II. Se acredite que el padre o la madre custodio o la persona que ejerce la custodia personal o institucional incumpla con sus obligaciones respecto a sus hijos;
III. Se acredite que el padre o la madre custodio de manera reiterada promueva en sus hijos el olvido, rechazo, rencor, odio, desprecio o temor hacia la persona con quienes tengan derecho de visitas y convivencia y le hayan sido suspendidos o restringidos sus derechos por la misma causa;
IV. Se acredite que no obstante existe mandato judicial de abstenerse de hacerlo, el padre o la madre custodio o la persona que ejerce la custodia personal o institucional, impida u obstaculice de manera reiterada y sin causa justificada el derecho de visitas y convivencia con quien la persona menor de edad tenga derecho; o
V. El padre o la madre o la persona que ejerce la custodia personal o institucional sustraiga al menor de edad
Estado de Jalisco Artículo 566 Código Civil
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Tengo un hijo de 5 años, yo terminé la relacion de noviazgo con el padre de mi hijo estando embarazada de 4 meses, lo termine porque el dependia de sus padres, y no era lo suficientemente responsable para hacerse cargo de su paternidad, mi hijo tiene mis apellidos, nunca me ha interesado pedirle al padre de mi hijo, y el papá de mi hijo tampoco se ha hecho responsable económicamente en este tiempo, educo con valores a mi hijo y no sufre maltrato alguno, pero hace poco el papá de mi hijo me demando para poder ver a mi hijo, para mi es un fuerte golpe pues yo hice mi vida y hasta ahora aparece el susodicho. Me podrían decir si el papá de mi hijo me lo puede quitar? No tiene sus apellidos, nunca se hizo responsable economicamente, y quisiera saber si hay alguna manera de que el me deje en paz.
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