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Código Civil Artículo 7.157 Estado de México


Código Civil México
Artículo 7.157. Ejercicio del derecho de opinión, crítica, expresión o información

No podrá demandarse la reparación del daño a quien:

I.Ejerza sus derechos de opinión, crítica, expresión o información, en términos de lo dispuesto por los artículos 6 y 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Cuando aquélla se haya hecho a un funcionario o persona que haya obrado con carácter público, si la imputación fuere relativa al ejercicio de sus funciones o cuando el demandado obre por motivo de interés público o privado, pero legítimo.

II.En el contexto de un proceso contencioso, presente escrito o discurso, con las salvedades de las responsabilidades que de acuerdo con otras disposiciones legales puedan acreditarse.

III.Goce de fuero constitucional.



Estado de México Artículo 7.157 Código Civil
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