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Código Civil Artículo 2400 Estado de Morelos


Código Civil Morelos
Artículo 2400. DURACION DE LA HIPOTECA

La hipoteca generalmente durará por todo el tiempo que subsista la obligación que garantice, y cuando ésta no tuviere término para su vencimiento, la hipoteca continuará vigente hasta en tanto no prescriba la obligación principal o se extinga por alguna otra causa.

Puede establecerse en el título constitutivo de la hipoteca una duración menor que la de la obligación principal, pero no es válido estipular un término mayor a su vigencia.



Estado de Morelos Artículo 2400 Código Civil
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