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Código Civil Artículo 132 Estado de Zacatecas


Código Civil Zacatecas
Artículo 132.

La posesión se pierde:

I.Por abandono;

II.Por cesión a título oneroso o gratuito;

III.Por alguna de las causas señaladas en este Código;

IV.Por resolución judicial;

V.Por despojo, si la posesión del despojante dura más de un año;

VI.Por reivindicación del propietario;

VII.Por expropiación por causa de utilidad pública.



Estado de Zacatecas Artículo 132 Código Civil
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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