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Código de Familia Artículo 80 Estado de Sonora


Código de Familia
Artículo 80.

Cuando deban liquidarse simultáneamente dos o más sociedades contraídas por la misma persona en diversos matrimonios, los gananciales se dividirán entre las diferentes sociedades en la proporción pactada o prevista por la ley, atendiendo a los bienes y deudas adquiridos durante su vigencia, siendo admisibles todo tipo de pruebas para fijar el fondo de cada sociedad. En caso de duda, los gananciales se distribuirán de acuerdo al tiempo que haya durado cada matrimonio y el valor de los bienes propios de cada socio.



Estado de Sonora Artículo 80 Código de Familia
Artículo 1 ...78 79 80 81 82 ...559
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?



La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?



Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?



Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.



A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?



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