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Código de Justicia Militar Artículo 123 Federal de México


Código de Justicia Militar Federal
Artículo 123.

Toda pena temporal tiene tres términos: mínimo, medio y máximo. Cuando para la duración de la pena estuviere señalado en la ley un sólo término, éste será el medio; y el mínimo y el máximo, se formarán, respectivamente, deduciendo o aumentando de dicho término, una tercera parte. Cuando la ley fijare el mínimo y el máximo de la pena, el medio será la semisuma de estos dos extremos.

Federal de México Artículo 123 CJM
Artículo 1o ...122 122 Bis 123 124 125 ...923
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