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Código de Justicia Para Adolescentes Artículo 20 Estado de Puebla


Código de Justicia Para Adolescentes Puebla
Artículo 20.

Serán confidenciales los datos sobre los hechos cometidos por personas sujetas de este Código. En todo momento, deberá respetarse su identidad y su imagen, por lo que se prohíbe divulgar la identidad de cualquier persona sometida a procedimiento conforme a este Código, salvo en los casos de excepción que el mismo prevé. El incumplimiento de lo anterior será motivo de responsabilidad.

Los Jueces deberán considerar que la información que brinden, sobre estadísticas judiciales, no contravenga el principio de confidencialidad ni el derecho a la privacidad, consagrados en la Constitución, este Código y en las demás leyes de la materia.



Estado de Puebla Artículo 20 Código de Justicia Para Adolescentes
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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