Código de Procedimientos Civiles Artículo 869 Estado de Chiapas
Código de Procedimientos Civiles Chiapas
Artículo 869.
ES P ARTE LEGITIMA PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO ANTERIOR:
I.- EL QUE TUVIERE INTERES EN EL TESTAMENTO;
II.- EL QUE HUBIERE RECIBIDO EN EL ALGUN ENCARGO DEL TESTADOR
Estado de Chiapas Artículo 869 Código de Procedimientos Civiles
Mejores juristas
Muy importante e interesante
AYUDA no entiendo materia d legislacion fiscal
Ya que lo derogen el articulo 219 del seguro social para beneficio de la humanidad mexicana, de buena fe, de buena gana y de buena voluntad, amen.-
Mi padre murio intestado hace mas de 40 anios. Mi mama si hizo testamento pera tambien ya murio hace 1 anio. Se necesita hacer el juicio de intestado de mi papa?. o solo es valido el de mi mama?
Para que perder tiempo en juicios sucesorio cuando existe controversia alguna, hagalo más fácil, le puedo dar la asesoría que necesita sin costo alguno.
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