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Código de Procedimientos Civiles Artículo 857 Estado de Guanajuato


Código de Procedimientos Civiles Guanajuato
Artículo 857.

En la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento los cónyuges deberán presentar el acta de matrimonio, las actas de nacimiento de los promoventes y de sus hijos menores. Asimismo, acompañarán el convenio relativo a la custodia de los hijos menores o incapaces, y a los alimentos en su caso.

Si no se anexa el convenio y éste fuere necesario porque existan hijos menores o incapaces, no podrá citarse a la audiencia de juicio. El juez los requerirá para que lo exhiban en un término no mayor de tres días, de no hacerlo la solicitud se tendrá por no interpuesta.



Estado de Guanajuato Artículo 857 Código de Procedimientos Civiles
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?



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