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Código de Procedimientos Civiles Artículo 2.100 Estado de México


Código de Procedimientos Civiles México
Artículo 2.100. Documentos que deben exhibirse

A toda demanda o contestación deberá acompañarse, necesariamente:

I. El o los documentos en que funde su derecho, en forma física o electrónica. FE DE ERRATAS PUBLICADA EN LA GACETA DEL GOBIERNO DE FECHA 3 DE FEBRERO DE 2016

Si no los tuviere a su disposición, designará el archivo o lugar en que se hallen los originales;

II. El documento con el que se acredite el derecho de comparecer a nombre de otro, en su caso;

III. Copia del escrito y los documentos, cuando haya de correrse traslado al colitigante. En caso de que la presentación de la demanda y de las pruebas se realice de manera electrónica, se adjuntarán los archivos respectivos.



Estado de México Artículo 2.100 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1.1 ...1.398 1.399 2.100 2.2 2.3 ...5.80
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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