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Código de Procedimientos Civiles Artículo 2.253 Estado de México


Código de Procedimientos Civiles México
Artículo 2.253. Plazo para formular liquidación de gastos y costas

Si el ejecutante no formula liquidación de costas dentro de los ocho días de hecho el depósito, o, en cualquier caso, dejare pasar igual plazo sin proseguir su instancia de liquidación, perderá el derecho de reclamarlos y se mandará entregar lo depositado al deudor, si no hay otro acreedor.



Estado de México Artículo 2.253 Código de Procedimientos Civiles
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