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Código de Procedimientos Civiles Artículo 912 Estado de Quintana Roo


Código de Procedimientos Civiles Quintana Roo
Artículo 912.

El demandado podrá allanarse a la demanda; en este caso, el Juez de Instrucción citará a las partes a la audiencia de juicio, que tendrá verificativo en un plazo no mayor de ocho días, en la que se dictará la sentencia respectiva.

El acuerdo dictado se remitirá al Administrador de Gestión Judicial a efecto de que éste señale día y hora, para la realización de la audiencia de juicio. La notificación a las partes será por conducto del Administrador de Gestión Judicial.

El Juez de Instrucción deberá seguir el procedimiento cuando advirtiere que:

a)Existe fraude;

b)Lo pidiere un tercero excluyente;

c)El demandado no tuviere la libre disposición del derecho o éste es irrenunciable;

d)Lo hiciere el mandatario o apoderado que no esté especialmente facultado para ello;

e)Los hechos admitidos no pudieren probarse por confesión, si la ley exige prueba específica;

f)La sentencia pudiere producir efectos de cosa juzgada respecto de terceros; y

g)Existiere litisconsorcio necesario y no hubiere conformidad de todos los demandados



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en cuanto a la venta de casa, referente a deducciones por comision en el cálculo se considera la comisión mas iva o solo el importe por comisión



Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?



Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20



En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad



si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas



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