< Código de Procedimientos Civiles

Código de Procedimientos Civiles Artículo 62 Estado de Sonora


Código de Procedimientos Civiles Sonora
Artículo 62.

Cuando durante el juicio sobrevinieren cambios o sucesión de partes, se observará lo siguiente:

I.Si una de ellas falleciere durante la tramitación del juicio o desapareciere, si la acción sobrevive, el juicio se seguirá por o contra los sucesores universales o quien los represente;

II.Si durante la tramitación de un proceso se transfiere el derecho controvertido por acto entre vivos, el juicio se podrá seguir con el cesionario; pero el fallo que se dicte perjudicará a las partes originales;

III.Si la transmisión a título particular se produce por causa de muerte de una de las partes, el juicio se seguirá por o contra el sucesor universal;

IV.En cualquier caso, el sucesor a título particular puede intervenir o ser llamado a juicio, y si las partes están conformes, el enajenante o el sucesor universal pueden ser excluidos. La sentencia dictada contra estos últimos produce siempre sus efectos contra el sucesor a título particular, quien tendrá derecho de impugnarla, salvo las disposiciones por adquisición de buena fe, respecto de bienes muebles o inmuebles no inscritos en el Registro Público;

V.Las transmisiones del derecho o derechos controvertidos no afectan al procedimiento, excepto en los casos en que haga desaparecer por confusión substancial de intereses, la materia del litigio, y

VI.Los cambios de representante procesal de una parte, no afectan la validez de los actos procesales en perjuicio de la otra parte, si no se hubieren hecho saber judicialmente



Estado de Sonora Artículo 62 Código de Procedimientos Civiles
Artículo 1 ...60 61 62 63 64 ...913
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse