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Código de Procedimientos Familiares Artículo 720 Estado de Yucatán


Código de Procedimientos Familiares Yucatán
Artículo 720. Requisitos para la solicitud del estado de interdicción

El escrito de solicitud de declaración de estado de interdicción, debe contener lo siguiente:

I. Nombre, edad, domicilio, estado civil y actual residencia de la persona cuya declaración de estado de interdicción se solicita;

II. Nombre, domicilio del cónyuge o parientes en línea recta o colateral hasta el tercer grado, de entre quienes el solicitante hace la propuesta de tutor interino;

III. Los hechos que motivan a la petición;

IV. El certificado o certificados relativos al diagnóstico y pronóstico de la enfermedad que se le atribuye, formulados por el facultativo que lo asista o por un médico de una institución oficial;

V. Descripción, en su caso, los bienes conocidos como propiedad de la persona y que deben ser sometidos a la vigilancia judicial;

VI. Especificación del parentesco o vínculo que une al solicitante con la persona de cuya declaración de estado de interdicción se trate, y

VII. Las propuestas de tutor interino.



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