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Código de Procedimientos Penales Artículo 188 Estado de Morelos


Código de Procedimientos Penales Morelos
Artículo 188. Sustitución, modificación y cancelación de las medidas

Salvo lo dispuesto sobre prisión preventiva, el juez, a petición de parte y en cualquier estado del proceso, por resolución fundada, sustituirá, modificará o cancelará las medidas cautelares personales y las circunstancias de su imposición, de conformidad con las reglas establecidas en este Código, y así se requiera por haber variado las condiciones que justificaron su imposición. El juez podrá actuar en este sentido de oficio cuando ello beneficie al imputado.

Si la garantía prestada es de carácter real y es sustituida por otra, aquélla será cancelada y, en su caso, los bienes afectados serán devueltos



Estado de Morelos Artículo 188 Código de Procedimientos Penales
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



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