Código de Procedimientos Penales Artículo 53 Estado de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales
Artículo 53.
El auto de formal prisión se dictará de oficio cuando de lo actuado aparezcan llenados los requisitos siguientes:
I.- Que esté comprobada la existencia del cuerpo de un delito que merezca pena corporal; II.- Que se haya tomado declaración preparatoria al acusado, en la forma y con los
requisitos que establece el Capítulo anterior;
III.- Que contra el mismo acusado existan datos suficientes, a juicio del tribunal, para suponerlo responsable del delito; y
IV.- Que no esté plenamente comprobada a favor del acusado, alguna circunstancia eximente de responsabilidad, o que extinga la acción penal
Estado de Tlaxcala Artículo 53 Código de Procedimientos Penales
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Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
oooooooooooooooo
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
Por favor. Soy abogada. Vivo en la CDMX. Estoy llevando un juicio de sucesión testamentaria. Requiero revisar las reglas aplicables a la sociedad conyugal, vigentes en el Código Civil para el Estado de Morelos en 1941, que fue el año y Estado en el que se casaron los abuelos de mi cliente, y requiero abrir sucesión testamentaria a bienes de ellos. Por favor, existe ese código en sus bases de datos que puedan compartirme?
qué irresponsable, ojalá si te hayas vacunado lol
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