Código de Procedimientos Penales Estado de Tlaxcala
Código de Procedimientos Penales Estado de Tlaxcala
- Artículo 1. El procedimiento penal se inicia cuando llega a conocimiento de un...
- Artículo 2. Los funcionarios y agentes de la policía ministerial, están obligados a...
- Artículo 3. Si quien inicia una averiguación no tiene a su cargo la función de...
- Artículo 4. Toda persona que tenga conocimiento de la comisión de un delito está...
- Artículo 5. Toda persona que en ejercicio de funciones públicas tenga conocimiento de la...
- Artículo 6. Las denuncias pueden formularse verbalmente o por escrito
- Artículo 7. Cuando la denuncia sea verbal, se hará constar en acta que levantará el...
- Artículo 8. Cuando se presente la denuncia por escrito, se citará a quien la formule...
- Artículo 8 bis. Los delitos que requieren para su investigación querella son los siguientes:...
- Artículo 9. Las personas a que se refiere el artículo 5o no están obligadas a hacer la...
- Artículo 10. Tan luego como los funcionarios encargados de practicar diligencias de...
- Artículo 11. En el caso del artículo anterior, se procederá a levantar el acta...
- Artículo 12. Los funcionarios de policía judicial deberán citar para que declaren sobre...
- Artículo 13. Cuando una autoridad distinta del ministerio público practique diligencias...
- Artículo 14. Cuando se presentare al funcionario o agente que hubiere iniciado la...
- Artículo 15. Los funcionarios que practiquen diligencias de policía judicial determinarán...
- Artículo 16. Cuando se determine la internación de alguna persona a un hospital u otro...
- Artículo 17. El ministerio publico expedirá las órdenes para la autopsia e inhumación o...
- Artículo 18. Si de las mismas diligencias apareciere claramente que la muerte no tuvo por...
- Artículo 19. Si de las diligencias practicadas no resultan elementos bastantes para hacer...
- Artículo 20. En la práctica de las diligencias de policía judicial se aplicarán en lo...
- Artículo 21. El Ministerio Público, contará con el término de sesenta días naturales para...
- Artículo 22. Contra la resolución que el Procurador dicte en el caso del artículo...
- Artículo 23. Tan luego como aparezca de la averiguación previa que se han llenado los...
- Artículo 24. Derogado
- Artículo 25. El ministerio público hará consignación ante la autoridad judicial, siempre...
- Artículo 26. Al recibir el ministerio publico diligencias de policía judicial, si hubiere...
- Artículo 26 bis. La autoridad judicial, contará con cuarenta y ocho horas, contadas a partir...
- Artículo 27. En ejercicio de la acción penal, corresponde al ministerio público: I.-...
- Artículo 28. El ministerio público no ejercitará la acción penal: I.- Cuando los...
- Artículo 29. El ministerio público solamente puede desistirse de la acción penal: I....
- Artículo 30. Las resoluciones que se dicten en los casos a que se refieren los dos...
- Artículo 31. Para que el desistimiento de la acción penal produzca el efecto señalado en...
- Artículo 32. La persona ofendida por un delito es parte coadyuvante en el proceso penal,...
- Artículo 33. El tribunal ante el cual se ejercite la acción penal practicará todas las...
- Artículo 33 bis. La autoridad jurisdiccional especializada en la procuración e impartición de...
- Artículo 34. Siempre que los jueces locales inicien diligencias en auxilio de los de...
- Artículo 35. El juez de primera instancia, con vista del aviso a que se refiere el...
- Artículo 36. Las diligencias de policía judicial y las practicadas por los jueces locales...
- Artículo 37. Durante la instrucción, el juez que conozca del proceso deberá observar las...
- Artículo 38. El juez deberá tomar conocimiento directo del sujeto, de la víctima y de las...
- Artículo 39. Cuando se haya dictado auto de formal prisión y el delito tenga señalada una...
- Artículo 40. El término a que se refiere el artículo anterior se contará a partir de la...
- Artículo 41. Si la pena máxima es de tres años o menos o cuando la pena sea alternativa,...
- Artículo 42. Cuando el juez considere agotada la averiguación y la pena que corresponda...
- Artículo 43. Transcurridos o renunciados los plazos a que se refiere el artículo...
- Artículo 44. Cuando en un asunto penal sea necesario comprobar un derecho civil, se hará...
- Artículo 45. La declaración preparatoria se recibirá en local al que tenga acceso el...
- Artículo 46. La declaración preparatoria comenzará por las generales del acusado, en las...
- Artículo 47. Las contestaciones del acusado podrán ser redactadas por él; si no lo hace,...
- Artículo 48. Tanto la defensa como el agente del ministerio público, a quien se citará...
- Artículo 49. En los casos en que el delito, por sancionarse con pena alternativa o no...
- Artículo 50. Si contra una orden de aprehensión no ejecutada o de comparecencia para...
- Artículo 51. Puede el acusado negarse a declarar en preparatoria o a contestar las...
- Artículo 52. No pueden ser defensores los que se hallen presos ni los que estén...
- Artículo 53. El auto de formal prisión se dictará de oficio cuando de lo actuado...
- Artículo 54. Cuando el delito cuya existencia se haya comprobado no merezca pena...
- Artículo 55. El auto de formal prisión y el de sujeción a proceso producen los efectos...
- Artículo 56. Los autos de formal prisión y el de sujeción a proceso se dictarán por el...
- Artículo 57. El auto de formal prisión se comunicará al jefe del establecimiento donde se...
- Artículo 58. El auto de formal prisión y el de sujeción a proceso se comunicarán en la...
- Artículo 59. Dictado el auto de formal prisión o el de sujeción a proceso, se...
- Artículo 60. El auto de formal prisión no revoca la libertad caucional concedida, excepto...
- Artículo 61. Si dentro del término legal no se reúnen los requisitos necesarios para...
- Artículo 62. El cuerpo del delito se tendrá por comprobado cuando esté justificada la...
- Artículo 63. Salvo lo dispuesto por los artículo 64 y 65, las demás disposiciones de este...
- Artículo 64. Cuando se trate de lesiones externas se tendrá por comprobado el cuerpo del...
- Artículo 65. En el caso de lesiones internas, envenenamiento u otra enfermedad...
- Artículo 66. Si se tratare de homicidio, el cuerpo del delito se tendrá por comprobado...
- Artículo 67. Cuando el cadáver hubiere sido sepultado sin haberse practicado la autopsia,...
- Artículo 68. Solamente podrá dejarse de practicar la autopsia cuando tanto el funcionario...
- Artículo 69. Cuando el cadáver no se encuentre, o por otro motivo no se haga la autopsia,...
- Artículo 70. En los casos de aborto, el cuerpo del delito se tendrá por comprobado en los...
- Artículo 71. En los casos de robo, el cuerpo del delito podrá comprobarse en una de las...
- Artículo 72. Se dará por comprobado el cuerpo del delito a que se refiere la fracción II...
- Artículo 73. El cuerpo de los delitos de peculado, abuso de confianza y fraude, podrá...
- Artículo 74. Tratándose de ataques a las vías de comunicación, si no fuere posible...
- Artículo 75. En los casos de manejo de vehículos en que el conductor se encuentre en...
- Artículo 76. Los instrumentos del delito y las cosas objeto o efectos de él, así como...
- Artículo 77. De todas las cosas aseguradas, conforme al artículo anterior, se hará un...
- Artículo 78. Las cosas inventariadas conforme al artículo deberán guardarse en el lugar o...
- Artículo 79. Siempre que sea necesario tener a la vista alguna de las cosas a que se...
- Artículo 80. La identificación de los cadáveres estará sometida a las siguientes reglas:...
- Artículo 81. Los cadáveres, previa una minuciosa inspección y descripción hecha por el...
- Artículo 82. Si hubiere temor de que el cadáver pueda ser ocultado o de que sufra...
- Artículo 83. En los casos de envenenamiento se recogerán cuidadosamente las vasijas y...
- Artículo 84. Si el delito fuere de falsificación de documento, además de la descripción...
- Artículo 85. La atención médica de quienes hayan sufrido lesiones provenientes de delito,...
- Artículo 86. Cuando el lesionado no deba estar privado de libertad, se observarán las...
- Artículo 87. La responsiva a que se refiere el artículo 86, impone al médico los deberes...
- Artículo 88. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones señaladas en el artículo...
- Artículo 89. El certificado de sanidad expedido por médico particular estará sujeto a la...
- Artículo 90. Cuando un lesionado necesite pronta curación, cualquier médico puede...
- Artículo 91. Los funcionarios que practiquen diligencias de policía judicial deben...
- Artículo 92. Para los efectos de la fracción I del artículo anterior, se entiende que el...
- Artículo 93. En casos urgentes el Ministerio Público podrá, bajo su responsabilidad,...
- Artículo 94. La orden de aprehensión contendrá una relación sucinta de los hechos que la...
- Artículo 95. Cuando se trate de aprehensión de alguna persona cuyo paradero se ignore, el...
- Artículo 96. Siempre que se lleve a cabo una aprehensión en virtud de orden judicial,...
- Artículo 97. Los miembros de la policía o del ejército, que estuvieren sujetos a prisión...
- Artículo 98. Para dictarse orden de aprehensión no será obstáculo la circunstancia de que...
- Artículo 99. Si por datos posteriores el ministerio público estimare que ya no es...
- Artículo 100. Cuando se ejecute una orden de aprehensión dictada contra persona que maneje...
- Artículo 101. Al ser aprehendido un empleado o funcionario público, se comunicará la...
- Artículo 102. Cuando deba aprehenderse a un empleado oficial o a un particular, que en ese...
- Artículo 103. Para la aprehensión de un funcionario federal, la autoridad judicial que la...
- Artículo 104. Los jueces de primera instancia y los agentes del ministerio público de su...
- Artículo 105. Cuando el delito imputado merezca pena no corporal o pena alternativa y...
- Artículo 106. Se admitirán como prueba todos los medios lícitos que sirva para demostrar...
- Artículo 107. Confesión es la afirmación que hace el acusado de ser ciertos los hechos u...
- Artículo 108. La confesión rendida ante cualquier autoridad distinta del Ministerio...
- Artículo 109. La confesión puede ser simple o calificada, judicial o extrajudicial;...
- Artículo 110. Es confesión simple la que no contiene circunstancia alguna que modifique la...
- Artículo 111. Es confesión calificada la que contiene alguna circunstancia modificativa...
- Artículo 112. Es confesión judicial la que se hace ante la autoridad judicial que conoce...
- Artículo 113. Terminada la diligencia de confesión se dará lectura de ella al acusado o la...
- Artículo 114. Es confesión extrajudicial la que se hace ante juez incompetente, ante otras...
- Artículo 115. La confesión calificada puede ser divisible o indivisible
- Artículo 116. Es divisible cuando la circunstancia modificativa pueda subsistir...
- Artículo 117. Es indivisible cuando la circunstancia modificativa está tan íntimamente...
- Artículo 118. Si el delito fuere de aquéllos que puedan dejar huellas materiales, se...
- Artículo 119. Para la descripción de lo inspeccionado se emplearán, según el caso,...
- Artículo 120. Se hará la descripción por escrito de todo lo que no hubiere sido posible...
- Artículo 121. Se describirán también el estado físico y las aparentes manifestaciones del...
- Artículo 122. Al practicarse una inspección ocular podrá examinarse a las personas...
- Artículo 123. El encargado de practicar una inspección ocular podrá hacerse acompañar del...
- Artículo 124. Al sanar el lesionado se hará la inspección ocular y la descripción de las...
- Artículo 125. La persona que deba ser reconocida indicará quien o quienes podrán asistir a...
- Artículo 126. La inspección ocular podrá tener el carácter de reconstrucción de hechos y...
- Artículo 127. La reconstrucción de hechos se podrá practicar cuando la naturaleza del...
- Artículo 128. La reconstrucción deberá practicarse precisamente a la hora y en el lugar...
- Artículo 129. En el caso a que se refiere la primera parte del artículo anterior, es...
- Artículo 130. No se practicará la reconstrucción sin que hayan sido examinadas las...
- Artículo 131. Cuando alguna de las partes solicite la reconstrucción, deberá precisar...
- Artículo 132. En la reconstrucción estarán presentes, los que hayan declarado haber...
- Artículo 133. Cuando hubiere versiones distintas acerca de la forma en que ocurrieron los...
- Artículo 134. Siempre que para el examen de personas u objetos se requieran conocimientos...
- Artículo 135. Para la prueba pericial bastará el dictamen de un perito; pero puede el juez...
- Artículo 136. Cada una de las partes tendrá derecho a nombrar un perito, a quien el juez...
- Artículo 137. El perito deberá tener título oficial en la ciencia o arte a que se refiera...
- Artículo 138. También podrá nombrarse perito práctico cuando en el Estado no radicaren...
- Artículo 139. La designación de perito hecha por el juez o por el ministerio público...
- Artículo 140. Si no hubiere perito oficial titulado se nombrará a un profesor del ramo...
- Artículo 141. Si no pudiere encontrarse un perito entre las personas que menciona el...
- Artículo 142. El perito que acepte el cargo, con excepción del que sea oficial, tiene...
- Artículo 143. El plazo para rendir el dictamen se regirá por las siguientes disposiciones:...
- Artículo 144. Cuando se trate de una lesión proveniente de delito y el lesionado se...
- Artículo 145. La autopsia de los cadáveres de personas que hayan fallecido en un hospital...
- Artículo 146. Fuera de los casos previstos en los dos artículos anteriores, el...
- Artículo 147. El funcionario que practique las diligencias podrá asistir al reconocimiento...
- Artículo 148. El funcionario que practique las diligencias podrá hacer al perito todas las...
- Artículo 149. El perito practicará todas las operaciones y pruebas que su ciencia o arte...
- Artículo 150. El perito emitirá su dictamen por escrito y lo ratificará en diligencia...
- Artículo 151. Cuando las opiniones de los peritos discordaren, si varios peritos...
- Artículo 152. Cuando el peritaje recaiga sobre objetos que se consuman al ser analizados,...
- Artículo 153. El funcionario que practique las diligencias podrá ordenar que el perito o...
- Artículo 154. Cuando se niegue o ponga en duda la autenticidad de un documento, se...
- Artículo 155. El juez no podrá dejar de examinar durante la instrucción a los testigos...
- Artículo 156. También mandará el juez examinar, según corresponda, a los testigos que...
- Artículo 157. Toda persona que sea citada como testigo está obligada a declarar
- Artículo 158. No se obligará a declarar al tutor, curador, pupilo, cónyuge, concubinario o...
- Artículo 159. Si el testigo se hallare en el territorio del Estado, pero tuviere...
- Artículo 160. Cuando haya que examinar a los funcionarios titulares de los Poderes del...
- Artículo 161. Los testigos deben ser examinados separadamente y sólo las partes podrán...
- Artículo 162. Antes de que los testigos comiencen a declarar se les instruirá de las penas...
- Artículo 163. A los menores de dieciséis años, que deban declarar como testigos, en vez de...
- Artículo 164. Después de identificar y tomar al testigo la protesta de decir verdad, se le...
- Artículo 165. Los testigos declararán de viva voz, sin que les sea permitido leer las...
- Artículo 166. El ministerio público y la defensa podrán interrogar al testigo; pero el...
- Artículo 167. Las declaraciones se redactarán con claridad y usando las palabras empleadas...
- Artículo 168. Si la declaración se refiere a algún objeto puesto en depósito, después de...
- Artículo 169. Si la declaración es relativa a un hecho que hubiere dejado vestigios en...
- Artículo 170. Siempre que se examine a una persona cuya declaración sea sospechosa de...
- Artículo 171. Concluida la diligencia, se leerá al testigo su declaración o la leerá él...
- Artículo 172. Si de lo actuado apareciere que algún testigo se ha producido con falsedad,...
- Artículo 173. Cuando tuviere que ausentarse del lugar en que se practiquen las diligencias...
- Artículo 174. El funcionario que practique las diligencias podrá dictar las providencias...
- Artículo 175. Toda persona que tuviere que referirse a otra, lo hará de un modo claro y...
- Artículo 176. Cuando el que declare no pueda dar noticia exacta de la persona a quien se...
- Artículo 177. Se procederá también a la confrontación cuando el que declare asegure...
- Artículo 178. Al practicar la confrontación se cuidará de: I.- Que la persona que sea...
- Artículo 179. Si alguna de las partes solicita que se observen mayores precauciones que...
- Artículo 180. El que deba ser confrontado puede elegir el sitio en que quiera colocarse...
- Artículo 181. En la diligencia de confrontación se procederá colocando en una fila a la...
- Artículo 182. Practicado lo que dispone el artículo anterior, se llevará al declarante...
- Artículo 183. Con excepción de los mencionados en la fracción IV del artículo 20 de la...
- Artículo 184. El careo solamente se practicará entre dos personas y no concurrirán a la...
- Artículo 185. Los careos, salvo los exceptuados en el artículo 183, se practicarán dando...
- Artículo 186. Cuando no pudiere obtenerse la comparecencia, ante el tribunal que conozca...
- Artículo 187. El juez recibirá las pruebas documentales que le presenten las partes...
- Artículo 188. Son documentos públicos y privados, respectivamente, los que señala como...
- Artículo 189. Cuando alguna de las partes pidiere copia o testimonio de un documento que...
- Artículo 190. Los documentos existentes fuera del territorio del Estado, se compulsarán a...
- Artículo 191. Los documentos privados y la correspondencia procedente de uno de los...
- Artículo 192. Cuando el ministerio público estime que pueden encontrarse pruebas del...
- Artículo 193. La correspondencia recogida se abrirá por el juez en presencia de su...
- Artículo 194. El juez podrá ordenar que se faciliten por cualquiera oficina telegráfica,...
- Artículo 195. El auto motivado que se dicte en los casos de los tres artículos que...
- Artículo 196. Cuando el ministerio público que practique diligencias en investigación de...
- Artículo 197. Si en el caso del artículo anterior, hay resistencia, se oirá a los...
- Artículo 198. Todas las dependencias oficiales residentes en el Estado, así como las...
- Artículo 199. Los documentos no redactados en español se presentarán originales...
- Artículo 200. Los tribunales en los negocios de su competencia, apreciarán la prueba con...
- Artículo 201. Sólo puede condenarse al acusado cuando se haya probado que él perpetró el...
- Artículo 202. En caso de duda, debe absolverse al acusado
- Artículo 203. El que afirma está obligado a probar. También lo está el que niega, cuando...
- Artículo 204. La confesión deberá reunir los requisitos siguientes: I.- Que sea hecha...
- Artículo 205. La confesión ministerial simple hará prueba plena si reúnen los requisitos a...
- Artículo 206. Cuando la confesión fuere calificada, el juez investigará las pruebas,...
- Artículo 207. Cuando la confesión fuera divisible, toca al acusado probar la circunstancia...
- Artículo 208. La confesión hecha por un procesado con circunstancias en su favor, hará...
- Artículo 209. La confesión extrajudicial hecha ante juez incompetente hace prueba plena
- Artículo 210. Produce un indicio la confesión hecha ante autoridad que no sea judicial o...
- Artículo 211. Los instrumentos públicos hacen prueba plena, salvo el derecho de las partes...
- Artículo 212. Los instrumentos públicos no necesitan legalización salvo que procedan del...
- Artículo 213. Los documentos privados sólo harán prueba plena contra su autor, cuando...
- Artículo 214. Los documentos privados comprobados con testigos, se considerarán como...
- Artículo 215. Los documentos privados provenientes de un tercero serán estimados como...
- Artículo 216. La inspección judicial hará prueba plena cuando se haya practicado en objeto...
- Artículo 217. La reconstrucción del delito hace prueba plena
- Artículo 218. La fuerza probatoria de todo juicio pericial, incluso el cotejo de letras y...
- Artículo 219. Dos testigos harán prueba plena si concurren en ellos los siguientes...
- Artículo 220. También harán prueba plena los testigos que convengan en la substancia y no...
- Artículo 221. Para apreciar la declaración de un testigo, el juez o tribunal tomará en...
- Artículo 222. Si por ambas partes hubiere igual número de testigos contradictorios, el...
- Artículo 223. Si por una parte hubiere mayor número de testigos que por la otra, en...
- Artículo 224. Presunción es la consecuencia deducida por la ley o por el uzgador, de un...
- Artículo 225. Las presunciones son legales o humanas
- Artículo 226. Hay presunción legal: I.- Si la ley la establece de un modo expreso;...
- Artículo 227. Hay presunción humana, cuando de un hecho plenamente probado, las partes o...
- Artículo 228. Para que las presunciones tengan valor, se requiere: I.- Que los hechos en...
- Artículo 229. Es admisible prueba contra todo género de presunciones, así legales como...
- Artículo 230. Las presunciones contrarias se destruyen mutuamente
- Artículo 231. El juez o el tribunal según la naturaleza de los hechos y el enlace lógico y...
- Artículo 232. Cerrada la instrucción se mandará poner la causa a la vista del ministerio...
- Artículo 233. El ministerio público, al formular sus conclusiones, hará una exposición...
- Artículo 234. En el primer caso de la parte final del artículo anterior, deberá fijar en...
- Artículo 235. El ministerio público, al formular las conclusiones acusatorias, deberá...
- Artículo 236. Si las conclusiones fueren de no acusación; si en las formuladas no se...
- Artículo 237. El Procurador, dentro de los quince días siguientes al de la fecha en que se...
- Artículo 238. Las conclusiones acusatorias, ya sean formuladas por el agente o por el...
- Artículo 239. Cuando los acusados fueren varios, el término para contestar el escrito de...
- Artículo 240. Si al concluirse el término concedido al acusado y a su defensor, éstos no...
- Artículo 241. Pasado el término señalado en el artículo 232, sin que el ministerio público...
- Artículo 242. El sobreseimiento procederá en los casos siguientes: I.- Cuando el...
- Artículo 243. El procedimiento cesará y el expediente se mandará archivar en los casos de...
- Artículo 244. Cuando se siga el procedimiento por dos o más delitos y por lo que toca a...
- Artículo 245. El sobreseimiento puede decretarse de oficio o a petición de parte y se...
- Artículo 246. El acusado a cuyo favor se haya decretado el sobreseimiento será puesto en...
- Artículo 247. El auto de sobreseimiento surtirá los efectos de una sentencia absolutoria,...
- Artículo 248. Presentadas las conclusiones o hecha la declaración a que se refiere el...
- Artículo 249. En la audiencia podrán interrogar al acusado sobre los hechos materia del...
- Artículo 250. Contra la resolución que niegue o admita la repetición de las diligencias de...
- Artículo 251. La aclaración procede únicamente tratándose de sentencias definitivas y sólo...
- Artículo 252. La aclaración se pedirá ante el juez o tribunal que haya dictado la...
- Artículo 253. De la solicitud respectiva se dará vista a las otras partes por tres días,...
- Artículo 254. El juez o tribunal resolverá dentro de tres días si es de aclararse la...
- Artículo 255. Cuando el juez o tribunal que dictó la sentencia estime que de oficio debe...
- Artículo 256. En ningún caso se alterará, a pretexto de aclaración, el fondo de la...
- Artículo 257. La resolución en que se aclare una sentencia se reputará parte integrante de...
- Artículo 258. Contra la resolución que se dicte otorgando o negando la aclaración, no...
- Artículo 259. La aclaración propuesta interrumpe el término señalado para la apelación
- Artículo 260. Son irrevocables y causan ejecutoria: I.- Las sentencias pronunciadas...
- Artículo 261. Solamente los autos contra los cuales no se concede por este Código el...
- Artículo 262. Son revocables las resoluciones que se dicten en segunda instancia antes de...
- Artículo 263. Interpuesto el recurso, en el acto de la notificación o dentro de las...
- Artículo 264. El recurso de apelación tiene por objeto examinar: I.- Si en la...
- Artículo 265. El recurso de apelación tiene por objeto examinar: I.- Si en la...
- Artículo 266. Pueden apelar el ministerio público, el acusado, los defensores y la parte...
- Artículo 267. Son apelables, salvo disposición legal en contrario: I.- Las sentencias de...
- Artículo 268. La apelación suspende la ejecución de la resolución apelada, salvo cuando...
- Artículo 269. El acusado o su defensor pueden interponer la apelación en el acto de la...
- Artículo 270. La apelación deberá interponerse dentro de los seis días siguientes a la...
- Artículo 271. Si el apelante no expresa agravios al interponer la apelación se desechará...
- Artículo 272. El acusado y el defensor de éste podrán expresar agravios dentro de los...
- Artículo 273. Al notificarse al acusado la sentencia de primera instancia, se le hará...
- Artículo 274. La omisión del requisito a que se refiere el artículo anterior surte el...
- Artículo 275. Interpuesto el recurso dentro del término legal, el juez que dictó la...
- Artículo 276. Al admitirse el recurso de apelación, se prevendrá al acusado que nombre...
- Artículo 277. Contra el auto que admita la apelación no procede recurso alguno
- Artículo 278. Admitida la apelación, se remitirá original el proceso al Tribunal Superior...
- Artículo 279. El original del proceso, y en su caso el duplicado o testimonio debe...
- Artículo 280. Recibidas las actuaciones a que se refiere el artículo anterior, el Tribunal...
- Artículo 281. Si el Tribunal Superior estima bien admitido el recurso, en la misma...
- Artículo 282. Enunciativamente se consideran violaciones al procedimiento en primera...
- Artículo 283. Si el acusado carece de defensor en segunda instancia, el Tribunal Superior...
- Artículo 284. Dentro de los tres días siguientes a la notificación del auto de radicación...
- Artículo 285. Cuando se admitan pruebas se recibirán éstas dentro del término a que se...
- Artículo 286. Si la prueba hubiere de rendirse fuera de la Capital del Estado; pero dentro...
- Artículo 287. Sólo se admitirá la prueba testimonial en la segunda instancia, cuando los...
- Artículo 288. Los documentos son admisibles mientras no se señale día para la vista de la...
- Artículo 289. Las partes podrán tomar en la secretaría del tribunal los apuntes que...
- Artículo 290. Concluidos los plazos a que se refieren los artículos 281, 285 y 286, o si...
- Artículo 291. Para la vista serán citados el ministerio público, el acusado si estuviere...
- Artículo 292. El día señalado para la vista las partes alegarán por escrito, sin perjuicio...
- Artículo 293. Declarado visto el asunto quedará cerrado el debate y el Tribunal de...
- Artículo 294. Si solamente hubiere apelado el procesado o su defensor, no se podrá...
- Artículo 295. Si el apelante es el ministerio público, no se tomará en consideración...
- Artículo 296. El Tribunal Superior suplirá la deficiencia o falta de los agravios del...
- Artículo 297. Si el tribunal de apelación encuentra que hubo violación manifiesta del...
- Artículo 298. Notificado el fallo a las partes, se remitirá desde luego, la ejecutoria al...
- Artículo 299. Cuando el Tribunal Superior notare que no se interpusieron los recursos que...
- Artículo 300. El recurso de denegada apelación procede cuando ésta se haya desechado
- Artículo 301. El recurso se interpondrá verbalmente o por escrito dentro de las cuarenta y...
- Artículo 302. Interpuesto el recurso, el juez, sin más substanciación, mandará expedir y...
- Artículo 303. Cuando el juez de primera instancia no cumpliere con lo prevenido en el...
- Artículo 304. El tribunal de apelación, sin más trámite, resolverá lo que corresponda,...
- Artículo 305. Si la apelación se declara admisible, se pedirá el expediente, duplicado o...
- Artículo 306. Todo inculpado tendrá derecho durante la averiguación previa y en el proceso...
- Artículo 307. Cuando la libertad sea otorgada por el Ministerio Público, prevendrá al...
- Artículo 308. A petición del procesado o su defensor, la caución que garantice el...
- Artículo 309. El monto de la caución se fijará por el juez o tribunal, quien tomará en...
- Artículo 310. La naturaleza de la caución quedará a elección del acusado, quien al...
- Artículo 311. La caución consistente en depósito en efectivo, se hará por el acusado o por...
- Artículo 312. Cuando la garantía consista en hipoteca, el valor fiscal del inmueble que se...
- Artículo 313. Cuando se ofrezca como garantía fianza personal por cantidad que no exceda...
- Artículo 314. Cuando se ofrezca como garantía fianza personal por cantidad que no exceda...
- Artículo 315. Las fianzas de que habla este Capítulo se extenderán en la misma pieza de...
- Artículo 316. El fiador, aun cuando sea una de las instituciones o empresas mencionadas en...
- Artículo 317. La Procuraduría General de Justicia y el Tribunal Superior, según el caso,...
- Artículo 318. Las autoridades administrativas del Estado están obligadas a comunicar a la...
- Artículo 319. La falta de cumplimiento de los deberes que imponen los tres artículos...
- Artículo 320. Cuando del registro aparezca la insolvencia de un fiador, previo informe del...
- Artículo 321. Al notificarse al acusado el auto que le concede la libertad caucional, se...
- Artículo 322. También se harán saber al acusado, en el momento de la notificación a que se...
- Artículo 323. En la notificación se hará constar que se hicieron saber al acusado las...
- Artículo 324. Cuando el acusado haya garantizado por sí mismo su libertad con depósito o...
- Artículo 325. Cuando un tercero haya garantizado la libertad del acusado por medio de...
- Artículo 326. En los casos de las fracciones I y VII del artículo 324 se mandará...
- Artículo 327. En los casos de las fracciones II, III, V y VI del mismo artículo 324 y III...
- Artículo 328. Cuando un tercero haya constituido depósito, fianza o hipoteca, para...
- Artículo 329. Cuando se trate de hacer efectiva la garantía a cargo de empresas...
- Artículo 330. Excepto en los casos previstos por las fracciones IV del artículo 324 y II y...
- Artículo 331. El tribunal ordenará la devolución del depósito o mandará cancelar la...
- Artículo 332. Siempre que se revoque la libertad, la caución se hará efectiva en beneficio...
- Artículo 333. Será puesto en libertad bajo protesta el acusado cuando cumpla la pena...
- Artículo 334. La libertad bajo protesta se revocará, cuando pueda legalmente ejecutarse la...
- Artículo 335. La libertad por desvanecimiento de datos procede en los siguientes casos:...
- Artículo 336. Para substanciar el incidente respectivo, hecha la petición por alguna de...
- Artículo 337. La resolución del incidente se dictará dentro de las setenta y dos horas...
- Artículo 338. La solicitud del ministerio público para que se conceda la libertad por...
- Artículo 339. El juez puede negar la libertad por desvanecimiento de datos, a pesar de...
- Artículo 340. Cuando el acusado solamente haya sido declarado sujeto a proceso, se podrá...
- Artículo 341. La resolución que conceda la libertad tendrá los mismos efectos que el auto...
- Artículo 342. Las cuestiones de competencia sólo pueden iniciarse por inhibitoria.
- Artículo 343. El incidente sobre competencia se tramitará siempre por separado
- Artículo 344. En la substanciación de las competencias, una vez transcurridos los...
- Artículo 345. La inhibitoria se intentará ante el juez que se crea competente para que se...
- Artículo 346. El que promueva la inhibitoria puede desistirse de ella antes de que sea...
- Artículo 347. El juez mandará dar vista al ministerio público, cuando no proviniere de...
- Artículo 348. El juez requerido procederá como lo disponen las siguientes fracciones:...
- Artículo 349. El Tribunal Superior de Justicia dará vista al ministerio público por el...
- Artículo 350. Si uno de los jueces contendientes reside en el Estado, y el otro fuera,...
- Artículo 351. Cuando un juez tlaxcalteca estime no ser competente para conocer del negocio...
- Artículo 352. Si acepta su competencia el juez a quien conforme al artículo anterior, se...
- Artículo 353. Cuando la competencia se resuelva en favor del juez que haya conocido del...
- Artículo 354. Será válido lo actuado en materia penal por un tribunal incompetente....
- Artículo 355. Los magistrados, los jueces y los secretarios deben excusarse en los asuntos...
- Artículo 356. Son causas de impedimento: I.- Tener interés directo en el proceso o...
- Artículo 357. Las causas de impedimento no pueden dispensarse por voluntad de las partes
- Artículo 358. El impedimento se calificará por el superior a quien correspondería juzgar...
- Artículo 359. Cuando un magistrado, juez o secretario no se excuse a pesar de tener algún...
- Artículo 360. No son admisibles las recusaciones sin causa. En todo caso, se expresará...
- Artículo 361. La recusación puede interponerse en cualquier tiempo, pero no después de que...
- Artículo 362. Si después de la citación para sentencia o para la vista hubiere cambio en...
- Artículo 363. Toda recusación que no fuere promovida en tiempo y forma, será desechada de...
- Artículo 364. Cuando un magistrado o juez estimen cierta y legal la causa de recusación,...
- Artículo 365. Cuando los funcionarios a que se refiere el artículo anterior estimen que no...
- Artículo 366. Si dentro del término de que trata este artículo no se presenta el recusante...
- Artículo 367. Interpuesta la recusación, el recusado deberá dirigir oficio al superior que...
- Artículo 368. En el caso del artículo 365, recibido el escrito de la parte que haya...
- Artículo 369. Dentro de cinco días, contados desde el siguiente al en que se reciban los...
- Artículo 370. Si la resolución fuere afirmativa y la causa se hubiere fundado en hechos...
- Artículo 371. Concluido el término probatorio, dentro de las cuarenta y ocho horas...
- Artículo 372. Cuando se deseche la recusación se impondrá al recusante una multa de uno a...
- Artículo 373. Admitido un impedimento o calificada como legal la causa de una recusación,...
- Artículo 374. No procede la recusación: I.- Al cumplimentar exhortos; II.- En el...
- Artículo 375. Los secretarios de los juzgados o del Tribunal Superior de Justicia quedan...
- Artículo 376. De los incidentes conocerá el juez o magistrado de quien dependa el impedido...
- Artículo 377. Alegado el impedimento o admitida la recusación, el secretario pasará el...
- Artículo 378. Reconocida por el recusado como cierta la causa de recusación, o admitido...
- Artículo 379. Si se declara que el impedimento o la recusación no son fundados, el...
- Artículo 380. Contra la resolución de la recusación no cabe recurso alguno
- Artículo 381. Los funcionarios del ministerio público y defensores de oficio deben...
- Artículo 382. Los impedimentos de los funcionarios del ministerio público y de los...
- Artículo 383. Iniciado el procedimiento judicial, no podrá suspenderse sino en los casos...
- Artículo 384. Lo dispuesto en la fracción I del artículo anterior se entiende sin...
- Artículo 385. La substracción de un acusado a la acción de la justicia no impedirá la...
- Artículo 386. Lograda la captura del prófugo, el proceso continuará su curso, sin que se...
- Artículo 387. Cuando se haya decretado la suspensión del procedimiento, en los casos a que...
- Artículo 388. El tribunal resolverá de oficio sobre la suspensión del procedimiento, o a...
- Artículo 389. La acumulación tendrá lugar: I.- En los procesos que se sigan contra...
- Artículo 390. No procederá la acumulación después de cerrada la instrucción en los...
- Artículo 391. Los delitos son conexos: I.- Cuando han sido cometidos por varias...
- Artículo 392. Cuando alguno de los procesos ya no estuviere en estado de instrucción, pero...
- Artículo 393. Si los procesos se siguen en el mismo juzgado, la acumulación deberá...
- Artículo 394. Si la acumulación fuere promovida por alguna de las partes, el tribunal las...
- Artículo 395. Si los procesos o averiguaciones se siguen en distintos juzgados, será...
- Artículo 396. La acumulación deberá promoverse ante el juez que, conforme al artículo...
- Artículo 397. Los incidentes de acumulación se substanciarán por separado, sin suspenderse...
- Artículo 398. Serán aplicables las disposiciones de este Capítulo a las averiguaciones que...
- Artículo 399. Podrá ordenarse la separación de los autos acumulados cuando concurran las...
- Artículo 400. La separación podrá decretarse de oficio cuando no haya habido acumulación...
- Artículo 401. Contra el auto en que el tribunal declare no haber lugar a la separación, no...
- Artículo 402. Decretada la separación, conocerá de cada asunto el juez que conocía de él...
- Artículo 403. El incidente sobre separación de autos se substanciará por separado, en la...
- Artículo 404. Cuando varios tribunales conocieren de procesos cuya separación se hubiere...
- Artículo 405. La acción de responsabilidad civil podrá ejercitarse en contra de terceras...
- Artículo 406. Deberá intentarse o continuarse la acción civil ante los tribunales civiles:...
- Artículo 407. La persona que deba intentar una demanda por responsabilidad civil podrá, si...
- Artículo 408. La acción para exigir la responsabilidad a personas distintas del acusado,...
- Artículo 409. Todos lo incidentes sobre responsabilidad civil que se sigan ante los...
- Artículo 410. Si el acusado se encuentra prófugo, el emplazamiento para contestar la...
- Artículo 411. En el caso de hallarse prófugo, el acusado, se continuará la tramitación del...
- Artículo 412. Presentada la demanda de responsabilidad civil el titular de esta acción o...
- Artículo 413. El auto de formal prisión, o el de sujeción a proceso será, para el efecto...
- Artículo 414. En todo lo demás, las providencias del aseguramiento de bienes se sujetarán...
- Artículo 415. Si el incidente de responsabilidad civil llega al estado de alegar antes de...
- Artículo 416. La acción civil se extingue por los medios que determina el Código civil...
- Artículo 417. Los incidentes cuya tramitación no se detalla en este Código se sustanciarán...
- Artículo 418. Si el tribunal lo creyere necesario o alguna de las partes lo pidiere, se...
- Artículo 419. El incidente se tramitará en los autos si debe suspender el procedimiento;...
- Artículo 420. Cuando haya motivo fundado para suponer que el acusado se encuentra...
- Artículo 421. El ministerio público y el defensor podrán nombrar un perito médico para que...
- Artículo 422. El perito tendrá la facultad más amplia para interrogar a los parientes y...
- Artículo 423. El dictamen concluirá expresando si el acusado padece algún proceso...
- Artículo 424. Si el dictamen precisa que el acusado sufre algún proceso psicopatológico...
- Artículo 425. En caso de estimarlo necesario, el tribunal oirá en la audiencia al médico...
- Artículo 426. Contra la resolución que dicte el tribunal en la audiencia a que se refiere...
- Artículo 427. Si se tiene por acreditado que el estado mental del acusado no le permite...
- Artículo 428. Cuando se compruebe la existencia del delito y que en él tuvo participación...
- Artículo 429. Las resoluciones a que se refiere el anterior artículo serán apelables
- Artículo 430. Si se comprueba que el acusado, aun cuando esté en alguno de los casos a que...
- Artículo 431. Si al tomarse al acusado su declaración preparatoria el tribunal estima que...
- Artículo 432. Si el nombramiento de defensor no recae en alguna de las personas...
- Artículo 433. Para que la reclusión provisional pueda prolongarse por más de setenta y dos...
- Artículo 434. Durante el tiempo de la reclusión el tribunal proveerá a la observancia de...
- Artículo 435. La vigilancia del recluido estará a cargo de la autoridad administrativa
- Artículo 436. Cuando el tribunal estime procedente entregar el acusado a la persona a...
- Artículo 437. En los casos en que proceda entregar el acusado a alguna de las personas a...
- Artículo 438. Cuando desde las diligencias de policía judicial aparezca que hay motivo...
- Artículo 439. En el caso a que se refiere el artículo 383 fracción III, se remitirá el...
- Artículo 440. El Procedimiento Sumario tiene por objeto la investigación y sanción de: I.-...
- Artículo 441. Hecha la consignación por el ministerio público, el juez inmediatamente...
- Artículo 442. Tan pronto como se ponga a disposición del juez competente a un detenido,...
- Artículo 443. Concluida la declaración preparatoria se recibirán a continuación las...
- Artículo 444. Inmediatamente después de haberse desahogado las pruebas, el juez decretará,...
- Artículo 445. A continuación y en la misma audiencia, se notificará a las partes el auto a...
- Artículo 446. Concluida la recepción de pruebas o cuando no se hubiere ofrecido ninguna,...
- Artículo 447. Si las conclusiones del ministerio público son no acusatorias, se dará...
- Artículo 448. Si las conclusiones son acusatorias, el juez requerirá a la defensa y al...
- Artículo 449. El juez a continuación dictará sentencia, la que si es condenatoria hará al...
- Artículo 450. Contra las resoluciones dictadas en el procedimiento sumario no cabe recurso...
- Artículo 451. Todas las actuaciones en el procedimiento sumario se practicarán a...
- Artículo 452. En los delitos que merezcan una pena de prisión mayor de cinco años, cuando...
- Artículo 453. El reconocimiento judicial de la inocencia del sentenciado se declarará,...
- Artículo 454. El sancionado que se crea con derecho para pedir el reconocimiento de su...
- Artículo 455. Recibida la solicitud, el Tribunal Superior pedirá inmediatamente el proceso...
- Artículo 456. El día fijado para la vista, dada cuenta por el secretario, se recibirán las...
- Artículo 457. A continuación y en la misma audiencia, el Tribunal Superior declarará si es...
- Artículo 458. En el primer caso del artículo anterior, el Tribunal Superior remitirá las...
- Artículo 459. En el segundo caso del artículo 457, el Tribunal mandará archivar las...
- Artículo 460. Es tribunal competente para conocer de un delito, el del lugar en que se...
- Artículo 461. En los casos de las artículos 2° y 3° del Código penal, será...
- Artículo 462. Es competente para conocer de los delitos continuados cualquiera de los...
- Artículo 463. Para la decisión de las competencias se observarán las siguientes reglas:...
- Artículo 464. En materia penal, no cabe prórroga ni renuncia de jurisdicción
- Artículo 465. Ningún tribunal puede promover competencia a su superior jerárquico
- Artículo 466. Cuando los detenidos fueren reclamados por jueces de dos o más distritos del...
- Artículo 467. Para las actuaciones a que se refiere este Código, no hay días ni horas...
- Artículo 468. Los jueces y magistrados, los funcionarios del ministerio público y los...
- Artículo 469. En las diligencias podrán emplearse, a juicio del funcionario que las...
- Artículo 470. En las actuaciones no se emplearán abreviaturas, ni se rasparán las palabras...
- Artículo 471. Todas las fechas y cantidades se escribirán con letra
- Artículo 472. Las actuaciones del ministerio público y de los tribunales deberán...
- Artículo 473. Inmediatamente después de que se hayan asentado las actuaciones del día o...
- Artículo 474. Si alguna de las piezas de autos fuere retirada del expediente, no se...
- Artículo 475. Si alguna de las piezas de autos fuere retirada del expediente, no se...
- Artículo 476. Las promociones que se hagan por escrito deberán ser firmadas por su autor,...
- Artículo 477. Los secretarios deberán dar cuenta, dentro del término de veinticuatro...
- Artículo 478. Cada diligencia se asentará en acta por separado
- Artículo 479. El acusado, el ofendido, los peritos y los testigos firmarán al calce del...
- Artículo 480. Cuando lo estime pertinente, el funcionario que practique las diligencias,...
- Artículo 481. Si alguno de los intervenientes no quisiere o no pudiere firmar; ni imprimir...
- Artículo 482. El ministerio público firmará al calce y también al margen
- Artículo 483. Si antes de que se pongan las firmas o huellas, los comparecientes hicieran...
- Artículo 484. Solamente por causa justificada a juicio del juez y por un término que no...
- Artículo 485. Si se perdiere algún expediente, se repondrá a costa del responsable, quien...
- Artículo 486. Cuando no sea posible reponer todas las actuaciones del expediente perdido,...
- Artículo 487. Los secretarios de los tribunales cotejarán las copias o testimonios de...
- Artículo 488. Las actuaciones deberán ser autorizadas inmediatamente por los funcionarios...
- Artículo 489. Cuando las autoridades judiciales se dirijan a otra de igual categoría, pero...
- Artículo 490. Si las autoridades judiciales del Estado se dirigen a otras del Estado, lo...
- Artículo 491. Las infracciones de las disposiciones contenidas en los artículos...
- Artículo 492. Cuando el inculpado, el ofendido, los testigos o los peritos no hablen el...
- Artículo 493. Cuando lo solicite cualquiera de las partes, podrá escribirse la declaración...
- Artículo 494. Cuando no pudiere ser habido un intérprete mayor de edad, podrá nombrarse a...
- Artículo 495. Las partes podrán recusar al intérprete motivando la recusación; y el...
- Artículo 496. Los testigos no podrán ser intérpretes
- Artículo 497. Si el acusado, el ofendido o algún testigo fuere sordo o mudo, se le...
- Artículo 498. A los sordos y a los mudos que sepan leer y escribir, se les interrogará por...
- Artículo 499. Los tribunales tienen el deber de mantener el buen orden y de exigir que se...
- Artículo 500. Las fianzas que deban otorgarse ante los tribunales se sujetarán a las...
- Artículo 501. Serán cubiertos por el Erario del Estado todos los gastos que originen las...
- Artículo 502. Cuando cambiare el personal de un tribunal no se proveerá auto alguno...
- Artículo 503. Cuando no tenga que dictarse resolución alguna anterior a la sentencia, se...
- Artículo 504. Cuando esté plenamente comprobado en autos el delito de que se trata, el...
- Artículo 505. En caso de delitos patrimoniales, la restitución se hará previo avalúo....
- Artículo 506. En el caso del artículo anterior, si la entrega del bien pudiera lesionar...
- Artículo 507. Los tribunales deben dictar de oficio las providencias y trámites necesarios...
- Artículo 508. Son correcciones disciplinarias: I.- Apercibimiento; II.- Multa hasta...
- Artículo 509. Contra cualquiera providencia en que se imponga alguna corrección...
- Artículo 510. En vista de lo que manifieste el interesado, el funcionario que hubiere...
- Artículo 511. Las diligencias de policía judicial que deban practicarse fuera del lugar en...
- Artículo 512. Cuando tengan que desahogarse diligencias fuera de la residencia del juez de...
- Artículo 513. Si se trata de un mero trámite o de actos procesales que no requieran...
- Artículo 514. Cuando tengan que practicarse diligencias fuera del Estado, el juez que...
- Artículo 515. Los exhortos contendrán las inserciones necesarias, según las diligencias...
- Artículo 516. En casos urgentes, podrá hacerse uso de la vía telegráfica, expresándose con...
- Artículo 517. Los exhortos que se expidan para la aprehensión del acusado, cuando proceda...
- Artículo 518. Cuando se demore la ejecución del exhorto enviado por un juez tlaxcalteca,...
- Artículo 519. El juez del Estado que recibiere un exhorto de otro de la Federación o del...
- Artículo 520. Tan luego como el Tribunal Superior de Justicia tenga conocimiento que un...
- Artículo 521. Si un tribunal exhortado estimare que no debe cumplimentar un exhorto por...
- Artículo 522. Cuando un tribunal no pueda dar cumplimiento, por hallarse en otra...
- Artículo 523. Cuando en obsequio de un exhorto el juez tlaxcalteca obtenga la aprehensión...
- Artículo 524. Se dará entera fe y crédito a los exhortos que libren los tribunales de la...
- Artículo 525. La resolución dictada por el tribunal requerido ordenando la práctica de las...
- Artículo 526. Cuando durante las diligencias de policía judicial el ministerio público...
- Artículo 527. No será necesario el mandamiento judicial cuando el ocupante o encargado de...
- Artículo 528. Las diligencias de cateo se practicarán por el juez que las decrete o por el...
- Artículo 529. Si alguna autoridad hubiere solicitado del ministerio público la promoción...
- Artículo 530. Para decretar la práctica del cateo, bastará la existencia de indicios o...
- Artículo 531. Los cateos deberán practicarse entre las seis y las dieciocho horas, pero si...
- Artículo 532. En caso de urgencia, el ministerio público acudirá ante cualquier juez que...
- Artículo 533. Si al practicarse un cateo resultare casualmente el descubrimiento de un...
- Artículo 534. Para la práctica de un cateo en la residencia oficial de los Poderes del...
- Artículo 535. Al practicarse un cateo se recogerán los instrumentos y objetos del delito,...
- Artículo 536. Asimismo, al practicarse el cateo se formará un inventario de los objetos...
- Artículo 537. Si el acusado estuviere presente, se le mostrarán los objetos recogidos para...
- Artículo 538. Los términos empezarán a correr desde el día siguiente al de la fecha de la...
- Artículo 539. No se incluirán en los términos los días que no haya labores en el tribunal,...
- Artículo 540. Los términos se contarán por días naturales, excepto los que se refieren a...
- Artículo 541. Con excepción de los altos funcionarios de la Federación y del Estado, que...
- Artículo 542. Las citaciones podrán hacerse por cédula o por telégrafo, anotándose en...
- Artículo 543. La cédula y el telegrama contendrán: I.- La designación legal de la...
- Artículo 544. Cuando se haga la citación por cédula, deberá acompañarse a ésta un...
- Artículo 545. Cuando la citación se haga por telégrafo, se enviará por duplicado a la...
- Artículo 546. En caso de urgencia podrá hacerse la citación por telefonema que transmitirá...
- Artículo 547. Asimismo podrá ordenarse por teléfono o por telégrafo a la policía, que haga...
- Artículo 548. También podrá citarse por teléfono a la persona que haya manifestado...
- Artículo 549. En el caso de citación por cédula, cuando no se encuentre a quien va...
- Artículo 550. La cédula podrá enviarse por correo, en sobre cerrado y sellado, con acuse...
- Artículo 551. Si la persona que recibiere la citación manifestare que el interesado no se...
- Artículo 552. La citación de los militares y empleados oficiales, o particulares en alguna...
- Artículo 553. Cuando se ignorare la residencia de la persona que deba ser citada, se...
- Artículo 554. Cuando se ignorare la residencia de la persona que deba ser citada, se...
- Artículo 555. En las audiencias el acusado podrá defenderse por sí mismo o por su defensor
- Artículo 556. El ministerio público podrá replicar cuantas veces quisiere, pudiendo la...
- Artículo 557. El ministerio público podrá replicar cuantas veces quisiere, pudiendo la...
- Artículo 558. Las audiencias se llevarán a cabo, concurran o no las partes, salvo el...
- Artículo 559. En la audiencia del juicio será obligatoria la presencia del defensor quien,...
- Artículo 560. Si los defensores no cumplieren con las obligaciones que les impone el...
- Artículo 561. En la audiencia a que se refiere el artículo 248, si el defensor no...
- Artículo 562. Cuando el nuevo defensor no esté en condiciones, de acuerdo con la...
- Artículo 563. Al defensor faltista se le impondrá una corrección disciplinaria; se...
- Artículo 564. En toda audiencia el acusado podrá comunicarse con sus defensores; pero no...
- Artículo 565. Si alguna persona del público se comunica o intenta comunicarse con el...
- Artículo 566. Antes de cerrarse el debate, el funcionario que presida la audiencia...
- Artículo 567. Si el acusado altera el orden de una audiencia, se le aplicará la corrección...
- Artículo 568. Si es el defensor quien altera el orden, se le percibirá; y si continúa en...
- Artículo 569. Sentencias son las resoluciones judiciales que terminan la instancia...
- Artículo 570. Se llaman autos las resoluciones judiciales que no son sentencias.
- Artículo 571. Toda resolución expresará el lugar y la fecha en que se pronuncie.
- Artículo 572. Las sentencias contendrán: I.- La designación del tribunal que las...
- Artículo 573. Con excepción de los de mero trámite, los autos contendrán una breve...
- Artículo 574. Los autos que contengan resoluciones de mero trámite deberán dictarse dentro...
- Artículo 575. Los demás autos, salvo lo que la ley disponga para casos especiales, deberán...
- Artículo 576. Las resoluciones judiciales se dictarán por los respectivos magistrados o...
- Artículo 577. Para la validez de las sentencias y de los autos que no sean de mero...
- Artículo 578. Cuando alguno de los componentes del Tribunal Superior no estuviere conforme...
- Artículo 579. El juez no podrá modificar ni variar sus sentencias después de firmadas, ni...
- Artículo 580. Las resoluciones judiciales no se tendrán por consentidas, sino cuando...
- Artículo 581. Las notificaciones se harán a más tardar el día siguiente al en que se...
- Artículo 582. Las resoluciones contra las cuales proceda el recurso de apelación, se...
- Artículo 583. Las resoluciones contra las que no proceda el recurso de apelación, con...
- Artículo 584. En los casos a que se refiere el artículo anterior, las resoluciones que...
- Artículo 585. Cuando el acusado tenga varios defensores, designará a uno de ellos para que...
- Artículo 586. El personal a quien corresponda hacer las notificaciones que no sean...
- Artículo 587. En el caso del artículo anterior, si alguno de los interesados desea que se...
- Artículo 588. Las personas que intervengan en el proceso designarán en la primera...
- Artículo 589. Las notificaciones personales se harán en el tribunal o en el domicilio...
- Artículo 590. Si el que deba ser notificado se niega a recibir al encargado de hacer la...
- Artículo 591. Si se probare que no se hizo una notificación decretada, o que se hizo en...
- Artículo 592. Si a pesar de no haberse hecho la notificación en la forma que este Código...
- Artículo 593. Las notificaciones hechas contra lo dispuesto en este Capítulo serán nulas,...
Mejores juristas





Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
el procedimiento penal est. art .482 de procedencia 49 por constitucion obligado a cumplir como persona obligada de el estado de puebla debieron obligar al sujeto por tener obligaciones qu lo sujetavan a cmplir tanto a la famiia como a soberania y vocacion que se desplegaria de lo estudiado en su escolofon de preparacion del orden primordial a umplir sin omiciones por ser protejidopor leyes nscionales e internacionales como los acurdos conbencionales de pacto san jose pro homine de ambito bilateral por lo que la intelectualidad desmedida y esacta como el tiempo por ser escto presiso y de ser impuesto por las omitivas y frecuentes opociciones de diversos por todo esto el aspecto tendencioso y sorprendente para todos a simple viste o cotejo de los documentos de el estado y municipio donde se delegava poder supremo imperial si llegara a ser nesesario se implementar en ecalafon nesesario fuertemente resguardando el caracter y rspeto alos lineamientos de este ambito de gobierno imperial por los tantos puntos de primera vista arbitrarios e inaseptables peroeficases por la epoca y los sucesos en la sociedad gobierno moral y la integridad individualisada y
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