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Código de Procedimientos Penales Artículo 8 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código de Procedimientos Penales Tlaxcala
Artículo 8.

Cuando se presente la denuncia por escrito, se citará a quien la formule para que la ratifique y proporcione los datos que se considere oportuno pedirle. El Ministerio Público recibirá la ratificación dentro del improrrogable término de veinticuatro horas a partir del momento de la presentación de la denuncia.

En los casos en que se denuncien conductas que provengan de violencia familiar, el Ministerio Público, en todo caso, al tomar conocimiento de los hechos, ordenará en protección de la victima:

I.Tomarle su declaración en lugares que permitan el trato digno y humanitario;

II.Dictar las medidas pertinentes para la preservación de las pruebas que se tengan de la conducta de su agresor;

III.Informarla puntualmente sobre los derechos a la asistencia jurídica y social a que tiene derecho, indicándole los lugares para su atención;

IV.Canalizarla a los servicios médicos y de asistencia social que brinda el Estado, y

V.Promoverá inmediatamente ante el Juez de lo familiar competente, las medidas de protección hacia las victimas.

El Juez que conozca de la causa penal, vigilará el cumplimiento de las medidas protectoras a las victimas de la violencia familiar y en caso de omisión por parte del Ministerio Público que haya conocido de la investigación, ordenará su destitución



Estado de Tlaxcala Artículo 8 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...6 7 8 8 bis 9 ...593

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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias


Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?


Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento


Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?


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