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Código de Procedimientos Penales Artículo 103 Estado de Tlaxcala


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/08/2026

Código de Procedimientos Penales Tlaxcala
Artículo 103.

Para la aprehensión de un funcionario federal, la autoridad judicial que la decrete ocurrirá al superior jerárquico de aquél para que lo ponga a su disposición, previos los requisitos legales que procedan



Estado de Tlaxcala Artículo 103 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...101 102 103 104 105 ...593

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Buen día si necesito conocer las leyes que origen el comercio informal ¿a qué código o leyes tengo que dirigir mi atención ?


en el estado el pago del 3% prescriben los pagos despues de los 5 años


Una pregunta si un importador paga honorario del agente aduanal americano (antes de su importación) se debe declarar en pedimento ese gasto no incrementable


como policía puedo denunciar a mi jefe por misogeno y por quererme obligar a que le venda una propiedad, comentando si no acepto tendre muchos problemas.

además de que esto lo uso como pretexto para cambiarme de area.


en que articulo de la ley habla de manejo de recursos de dinero en las escuelas publicas


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