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Código Electoral Artículo 36 Estado de Colima


Código Electoral Colima
Artículo 36.

Los PARTIDOS POLÍTICOS son entidades de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, inscritos o con registro legal ante el INE o ante el INSTITUTO y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público.

Los PARTIDOS POLÍTICOS promoverán los valores cívicos y la cultura democrática entre niñas, niños y adolescentes, y buscarán la participación efectiva de ambos géneros y de los jóvenes en la integración de sus órganos de dirección, así como en la postulación de candidatos. En el ESTADO, gozarán de las mismas prerrogativas que les confiere la CONSTITUCIÓN FEDERAL.



Estado de Colima Artículo 36 Código Electoral
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Si tratta di una Sovvenzione Non Rimborsabile di una somma di 5.000,00 euro (€), per chi ha un progetto personale o professionale e per le persone in difficoltà finanziaria.

 

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Cordiali saluti



Es ilegal grabar una llamada en jalisco,y solo guardarla grabacion sin difundirla



Hola con gusto te asesoro se ocuparia leer tu contrato pero esa clausula esta viciada y sin conceder hasta leer bien tu contrato tu donacion seria legítima contactame para darte una asesoria amplia al tema lic. Yeleen osue cel . 5518163525



Hola hoy en mi casa vino el actuario de poder judicial Morelos a notificar a mi esposo que no vive aquí vive en otro estado, me dijeron que si no recibí la notificación mañana traerán fuerza pública a buscarlo eso es cierto es por posible?



buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



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