Código Electoral Artículo 461 Estado de México
Código Electoral México
Artículo 461.
Son infracciones de los aspirantes, precandidatos o candidatos a cargos de elección popular al presente Código:
I. Realizar actos anticipados de precampaña o campaña, según sea el caso.
II. Tratándose de los aspirantes o precandidatos, solicitar o recibir recursos, en dinero o en especie, de personas no autorizadas por este Código.
III. Omitir en los informes respectivos de los recursos recibidos, en dinero o en especie, destinados a su precampaña o campaña.
IV. No presentar el informe de gastos de precampaña o campaña establecidos en este Código.
V. Exceder el tope de gastos de precampaña o campaña establecidos.
VI. El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en este Código.
Estado de México Artículo 461 Código Electoral
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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