< Código Electoral

Código Electoral Artículo 278 Estado de Michoacán


Código Electoral
Artículo 278.

Las solicitudes deberán ser enviadas al Instituto a través de correo postal a más tardar ciento treinta días antes del día de la elección. No se dará trámite a ninguna solicitud depositada en el correo postal por el ciudadano

después de este plazo o que sea recibida por el Instituto con menos de cien días de anticipación al día de la elección.

El Instituto resolverá la procedencia de la solicitud dentro del plazo de diez días contados a partir de su recepción.

En los casos en que se advierta la omisión de alguno de los requisitos para la inscripción, el Instituto lo notificará de manera inmediata al ciudadano, indicándole el motivo y fundamento, para que en su caso, la pueda subsanar dentro del plazo de cien días a que se refiere el primer párrafo.

El ciudadano interesado podrá consultar al Instituto, por vía telefónica o electrónica, el estado de su registro o resolver cualquier otra duda.

De ser procedente, dentro del plazo comprendido entre los cincuenta y a más tardar treinta días antes de la elección, enviará un sobre contendiendo:

I. La boleta;

II. Las propuestas de los candidatos, partidos políticos o coaliciones;

III. Un instructivo para votar, donde se indique el carácter secreto, personal e intransferible del voto; y,

IV. Dos sobres; uno de resguardo en que el ciudadano introducirá la boleta sufragada y otro de envío en el que remitirá el sobre anterior, por correo postal. Este último tendrá impreso un código de barras con la clave del elector remitente, así como el domicilio del Instituto que determine la Junta Estatal Ejecutiva.



Estado de Michoacán Artículo 278 Código Electoral
Artículo 1 ...276 277 278 279 280 ...330
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?



La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?



Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?



Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.



A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse