Código Electoral y de Participación Ciudadana Artículo 121 Estado de Jalisco
Código Electoral y de Participación Ciudadana Jalisco
Artículo 121.
1. El Consejo General se integra por un Consejero Presidente, seis Consejeros Electorales, con derecho a voz y voto; y por Consejeros Representantes de los Partidos Políticos Nacionales acreditados en el Estado y Estatales con registro, y el Secretario Ejecutivo, con derecho a voz.
2. La duración del cargo, requisitos de elegibilidad, elección, vacantes y remoción del Consejero Presidente y los Consejeros Electorales se rigen por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General y demás leyes aplicables.
3. Derogada.
4. Derogada.
5. Derogada
6. Derogada.
7. Derogada.
8. El Secretario Ejecutivo durará en su cargo un periodo de cinco años, a cuyo término podrá ser nuevamente nombrado.
9. El Secretario Ejecutivo será nombrado dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que se verifique la vacante. Las ausencias provisionales del Secretario Ejecutivo serán cubiertas de manera provisional por el director jurídico del Instituto.
10. Cada partido político designará a un representante propietario y un suplente con voz, pero sin voto.
11. Los partidos podrán sustituir en todo tiempo a sus representantes, dando con oportunidad el aviso correspondiente al Consejero Presidente.
Estado de Jalisco Artículo 121 Código Electoral y de Participación Ciudadana
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Hola, si el ingreso recibido en el extranjero es cada quince dias, el tipo de cambio que debo usar para convertirlo a pesos es el promedio de esos 15 dias?? o junto las dos quincenas y aplico el promedio mensual del tipo de cambio publicado en DOF? La persona que percibe los ingresos (salarios) en el extranjero recide en México, puede deducir en la declaración anual lo procedente como si fuera empleado en México?? y tambien las deducciones que pague en el extranjero?
Articulo 76 Establece el derecho a vacaciones: mínimo 12 días después del primer año de trabajo, aumentando en dos días cada año hasta llegar a 20
En que articulo dise que los primeros 3 dias no los paga tu patron en caso de enfermedad
si voy a cumplir 3 años cuanto me tocan de dias de vacaciones pagadas
con el articulo 224 del imss entiendo que se puede cotizar con un patron y al mismo tiempo contratar modalidad 10 sin ser realmente trabajador independiente para subir el salario promedio de cotizacion para la cuestion de pension por cesantia en edad avanzada ?
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