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Código Financiero Artículo 239 Estado de Tlaxcala


Código Financiero Tlaxcala
Artículo 239.

El Instituto de Catastro del Estado tendrá las facultades y obligaciones siguientes:

I.Establecer los procedimientos técnicos y administrativos en materia catastral y verificar su cumplimiento;

II.Autorizar los formatos para las manifestaciones y avalúos catastrales;

III.Integrar, conservar y mantener actualizado el inventario analítico de bienes inmuebles, con base en los inventarios municipales;

IV.Proponer a las comisiones consultivas del impuesto predial de los municipios, el proyecto de tablas de valores y las modificaciones correspondientes;

V.Practicar avalúos para fines catastrales, a solicitud de las autoridades fiscales, dependencias de gobierno o de los particulares en términos de lo previsto en el artículo 176 de este código.

VI.Proporcionar asesoría y capacitación, en materia catastral, a las autoridades que se lo soliciten;

VII.Asumir, cuando así se convenga expresamente con los ayuntamientos, las funciones catastrales que les corresponden a éstos;

VIII.Realizar trabajos técnicos en materia de medición, deslinde, rectificación y aclaración de medidas y colindancias, a petición de las autoridades fiscales y de los particulares;

IX.Celebrar convenios de coordinación con los municipios, en materia de catastro, y

X.Las demás que señalen otras disposiciones legales.



Estado de Tlaxcala Artículo 239 Código Financiero
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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