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Código Financiero Artículo 309 Estado de Tlaxcala


Código Financiero Tlaxcala
Artículo 309.

El registro contable y presupuestal que realicen las unidades presupuéstales, conforme con lo dispuesto por este código, se realizarán en un plazo no mayor de cinco días.

Todo registro contable y presupuestal se soportará con los documentos comprobatorios originales, los que deberán permanecer bajo el resguardo y conservación de las dependencias y entidades, así como de las demás entidades presupuestales que ejercieron el gasto, y en su caso, de la Secretaría, de la Dirección General de Adquisiciones dependiente de la Oficialía Mayor de Gobierno o de las tesorerías, cuando así lo indiquen éstas, a disposición de los órganos de control y de fiscalización, por un término de cinco años contados a partir del ejercicio presupuestal siguiente al que corresponda.

La documentación original que ampare inversiones en activo fijo, quedará bajo el resguardo de la Dirección General de Adquisiciones dependiente de la Oficialía Mayor de Gobierno misma que deberá conservar de tal forma que permita identificar a cada uno de los activos, hasta que se den de baja de los inventarios correspondientes



Estado de Tlaxcala Artículo 309 Código Financiero
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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