Código Fiscal Artículo 192 Ciudad de México
Código Fiscal Ciudad de México
Artículo 192.
Por los siguientes servicios prestados en los términos de la reglamentación de
construcciones de la Ciudad de México, se pagarán las cuotas que se indican:
(REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
I. Por la evaluación y registro de aspirantes a directores responsables de obra o corresponsables, por la primera evaluación …................................................................. $1,947.00
(REFORMADA EN SU CUOTA, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)
Por las subsiguientes .....…...….….……………………...……................................................ $982.20
Ciudad de México Artículo 192 Código Fiscal
Mejores juristas
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
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