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Código Fiscal Artículo 8 Estado de Michoacán


Código Fiscal Michoacán
Artículo 8.

Los créditos o deudas entre los gobiernos Estatal y Municipal, así como de sus organismos descentralizados o empresas de participación estatal se podrán compensar previo acuerdo que celebren, salvo por las deudas derivadas del pago del Impuesto sobre erogaciones por remuneración al trabajo personal, prestado bajo la Dirección y Dependencia de un Patrón, y/o cualquier impuesto de características similares que lo sustituya, las cuales siempre deberán de ser pagadas en efectivo a la Secretaría, de conformidad con los términos establecidos en la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo.



Estado de Michoacán Artículo 8 Código Fiscal
Artículo 1 ...6 7 8 9 9 A ...176
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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