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Código Fiscal Municipal Artículo 189 Estado de Hidalgo


Código Fiscal Municipal Hidalgo
Artículo 189.

El deudor, o en su defecto, la persona con quien se entienda la diligencia tendrá derecho a que en ésta intervengan dos testigos y a designar los bienes que deban embargarse, siempre que se sujete al orden siguiente:

I.- Los bienes muebles o la negociación;

II.- Dinero y metales preciosos;

III.- Acciones, bonos, cupones vencidos, valores mobiliarios y en general, créditos de inmediato y fácil cobro a cargo de instituciones particulares de reconocida solvencia;

IV.- Alhajas y objetos de arte;

V.- Frutos o rentas de toda especie;

VI.- Bienes muebles no comprendidos en las fracciones anteriores;

VII.- Bienes raíces;

VIII.- Negociaciones comerciales, industriales o agrícolas y

IX.- Créditos o derechos no comprendidos en la fracción III.



Estado de Hidalgo Artículo 189 Código Fiscal Municipal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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