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Código Fiscal Municipal Artículo 40 Estado de Oaxaca


Código Fiscal Municipal Oaxaca
Artículo 40.

La responsabilidad solidaria en materia fiscal tiene por objeto preservar el derecho del erario municipal a percibir las cantidades que se hubieren generado a su favor por concepto de contribuciones y aprovechamientos. Quienes en los términos de este Título y conforme lo establecido en las leyes respectivas se consideren como responsables solidarios, adquieren en los términos que en él se señalan, la responsabilidad de pago de las contribuciones o aprovechamientos que no sean pagados por los sujetos directamente obligados.

La responsabilidad solidaria comprenderá además de los créditos fiscales omitidos, los accesorios, con excepción de las multas. Lo dispuesto en este párrafo no impide que los responsables solidarios puedan ser sancionados por los actos u omisiones propios.

 



Estado de Oaxaca Artículo 40 Código Fiscal Municipal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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