< Código Fiscal Municipal

Código Fiscal Municipal Artículo 58 Estado de Oaxaca


Código Fiscal Municipal Oaxaca
Artículo 58.

En los casos que las personas obligadas a realizar el pago de contribuciones, presentar avisos y demás documentos no lo hagan dentro de los plazos señalados en las disposiciones fiscales, las autoridades fiscales exigirán la presentación del pago omitido o documento respectivo ante las oficinas correspondientes, procediendo de forma simultánea o sucesiva a realizar cualquiera de los actos siguientes:

I.Imponer la multa que corresponda en los términos de este Código y requerir hasta en tres ocasiones el pago de la contribución omitida, la presentación del documento omitido, otorgando al contribuyente un plazo de quince días para el cumplimiento de cada requerimiento. Si no se atienden los requerimientos se impondrán las multas que correspondan por no atender los requerimientos realizados, será una multa por cada obligación omitida; y

II.Una vez realizadas las acciones previstas en el párrafo anterior, tratándose de la omisión en el pago de contribuciones, la Tesorería podrá hacer efectiva al contribuyente o al responsable solidario que haya incurrido en la omisión, una cantidad igual al monto mayor que hubiera determinado a su cargo en el último pago de la contribución de que se trate. Esta cantidad a pagar no libera a los obligados de cumplir con las demás obligaciones a su cargo.

La determinación del crédito fiscal que realice la Tesorería con motivo de la omisión del pago de contribuciones en los términos del presente artículo, tendrá carácter definitivo y podrá hacerse efectiva a través del procedimiento administrativo de ejecución a partir del tercer día siguiente a aquél en el que sea notificado el adeudo respectivo; en este caso el recurso de revocación sólo procederá contra el referido procedimiento administrativo de ejecución.

En caso del incumplimiento a tres o más requerimientos respecto de la misma obligación, se harán del conocimiento de la autoridad competente, para que se proceda por desobediencia a mandato legítimo de autoridad competente



Estado de Oaxaca Artículo 58 Código Fiscal Municipal
Artículo 1 ...56 57 58 59 60 ...203
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse