Código Fiscal Municipal Artículo 133 Estado de Sinaloa
Código Fiscal Municipal
Artículo 133.
El recurso de revocación procederá contra las resoluciones:
I.Definitivas mediante las cuales las autoridades fiscales municipales determinen contribuciones o accesorios;
II.Que nieguen la devolución de cantidades que procedan conforme a la Ley; y,
III.Que impongan cargas a los particulares, emitidas por las autoridades fiscales Municipales cuando la Ley de la materia no establezca medios de defensa alguno.
Para los efectos de esta fracción se entiende que se establecen cargas a los particulares conforme al contenido del artículo 25 de este Código.
Estado de Sinaloa Artículo 133 Código Fiscal Municipal
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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