Código Fiscal Artículo 138 Estado de Nuevo León
Código Fiscal Nuevo León
Artículo 138.
Las notificaciones por edictos se harán mediante publicaciones durante dos días consecutivos en el Periódico Oficial del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en el Estado y contendrá un resumen de los actos que se notifican.
En este caso se tendrá como fecha de notificación la de la última publicación.
Estado de Nuevo León Artículo 138 Código Fiscal
Mejores juristas
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
- Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago
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