Código Fiscal Artículo 169 Estado de Nuevo León
Código Fiscal
Artículo 169.
La base para la enajenación de los bienes inmuebles embargados será el avalúo que formule la dependencia administrativa competente de la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, en negociaciones será el avalúo pericial que formule institución nacional de crédito autorizada para tal efecto, y en los demás casos la que fijen de común acuerdo la autoridad y el embargado en un plazo de seis días. A falta de acuerdo, la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado practicará avalúo pericial. En todo caso se notificará personalmente al embargado el resultado de la valuación.
Si dentro de los seis días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación a que se refiere el párrafo anterior, el embargado se inconforma con la valuación de los inmuebles o negociaciones embargados, la autoridad exactora, nombrará como perito a alguna institución nacional de crédito autorizada. El avalúo que emita dicha institución será la base para la enajenación de los bienes
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?
La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?
Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?
Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.
A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?
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