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Código para la Biodiversidad Artículo 4.77 Estado de México


Código para la Biodiversidad México
Artículo 4.77.

La Secretaría, en coordinación con las autoridades municipales competentes y con la participación de los sectores interesados establecerá las disposiciones reglamentarias que determinen las distintas modalidades que puede asumir el proceso de selección de residuos sólidos urbanos o de manejo especial entregados a los servicios de limpia a fin de remitirlos a las instalaciones en las que serán objeto de reciclado, aprovechamiento, tratamiento o disposición final tomando en consideración:

I.Los tipos particulares de residuos de que se trate, su estudio y generación;

II.Los lugares más apropiados para ubicar las plantas de separación de residuos;

III.Las características que deben reunir las plantas y su operación para que su desempeño ambiental sea conforme a las disposiciones de este Libro y demás ordenamientos aplicables;

IV.Factores relacionados con la economía de escala favorable a la rentabilidad de los procesos de selección;

V.La proximidad de los destinatarios finales de los residuos; y

VI.Otros aspectos pertinentes.



Estado de México Artículo 4.77 Código para la Biodiversidad
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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