< Código Penal

Código Penal Artículo 206 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Penal Coahuila
Artículo 206. SANCIONES Y FIGURA TÍPICA DE USO INDEBIDO DE INFORMACIÓN RESERVADA

Se aplicará prisión de seis meses a tres años; multa de la mitad a dos tantos del beneficio obtenido; destitución de empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitación hasta por ocho años para desempeñar otro:

Al servidor público que por sí o por interpósita persona y sin causa justificada, difunda o dé a conocer información que la ley estime como reservada de cualquier entidad pública; siempre y cuando la tenga o consiga por razón de su cargo o medios de ley y con ello dañe o ponga en peligro la seguridad de personas o a otros bienes jurídicos.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 206 Código Penal
Artículo 1 ...205 205 bis 206 207 208 ...445
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse