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Código Penal Artículo 261 Estado de Coahuila de Zaragoza


Código Penal Coahuila
Artículo 261. PREVENCIÓN GENERAL CON RELACIÓN A TERMINOLOGÍA

Para los efectos de este título, se entiende por:

I. FUNCIONARIO ELECTORAL. Quienes desempeñen un cargo, empleo o comisión de cualquier naturaleza en los términos de la Ley de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales y de la Ley del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila.

II. FUNCIONARIO PARTIDISTA. Los dirigentes de un partido político, sus candidatos y los ciudadanos a quienes los partidos políticos otorgan representación para actuar en el proceso electoral.

III. DOCUMENTOS PÚBLICOS ELECTORALES. Las actas de la jornada electoral, las de cómputo estatal, distrital y municipal y en general, los documentos expedidos en ejercicio de sus atribuciones, por los organismos electorales.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 261 Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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