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Código Penal Artículo 206 Estado de Hidalgo


Código Penal Hidalgo
Artículo 206.

Se duplicará la punibilidad prevista en los artículos anteriores, si el robo se realiza:

I.- Cuando se ejerza violencia para proporcionarse a la fuga o defender lo robado;

II.- En lugar cerrado, habitado o destinado para habitación o sus dependencias, comprendiendo no solo los que estén fijos en la tierra sino también los móviles, cualquiera que sea el material con el que estén construidos.

III.-derogado

IV.- Aprovechando la consternación que una desgracia privada cause al ofendido o a un familiar o a las condiciones de confusión que se produzcan por catástrofe o desorden público;

V.-derogado

VI.-derogado

VII.-derogado

VIII.-derogado

IX.- Respecto de vehículos estacionados en la vía pública o en otro lugar destinado a su guarda o reparación;

X.- Respecto de aves, de maguey y de productos agrícolas de cualquier especie o bien objetos o instrumentos utilizados en la agricultura;

XI.- Quebrantando la confianza o seguridad derivada de una relación de servicio, trabajo u hospitalidad;

XII.- Valiéndose de identificaciones falsas o supuestas órdenes de alguna autoridad;

XIII.- Respecto de cualquier bien, equipo, componente o accesorio compuesto de material de cobre, hierro, aluminio o fibra óptica y utilizado en la prestación de servicios públicos, suministro de gas, instalaciones hidráulicas, energía eléctrica, telecomunicaciones, equipamiento urbano, industrial o agrícola; o

XIV. Respecto de vales impresos o dispositivos electrónicos en forma de tarjeta plástica utilizados para canjear bienes y servicios.

Cuando concurran dos o más calificativas, se aplicará el triple de la punibilidad prevista en los artículos anteriores de este capítulo.



Estado de Hidalgo Artículo 206 Código Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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