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Código Penal Artículo 167 Estado de México


Código Penal México
Artículo 167.

A quien falsifique documentos públicos o privados, ya sean físicos o electrónicos, se le impondrán de dos a ocho años de prisión y de cien a mil días multa

 

La penalidad será de tres a siete años de prisión y de trescientos a mil quinientos días multa, si el documento es una credencial o medio de identificación de los autorizados oficialmente para los miembros del Ministerio Público o de las corporaciones policiacas, así como de los integrantes del Poder Judicial.

La pena a que se refiere el párrafo anterior se adicionará de un tercio a una mitad, a los particulares que falsifiquen documentos para obtener de un notario público la certificación de hechos, alguna escritura, acta notarial, testimonio, copia certificada o certificación notarial.

Si en esta conducta participare algún empleado o gestor de una notaría pública o quien hubiese trabajado para alguna notaría pública, la pena señalada en el párrafo anterior se incrementará de un tercio a una mitad más.

Al que para eludir responsabilidades fiscales o administrativas de cualquier índole, proporcione a la autoridad documentos físicos o electrónicos, informes o declaraciones falsas que ocasionen perjuicio directo o indirecto al fisco estatal o municipal, se le impondrán de seis meses a siete años de prisión.

Si quien realiza la falsificación es un servidor público, la pena de que se trate aumentará hasta en una mitad más y se inhabilitara por veinte años para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.

Este delito se perseguirá de oficio.



Estado de México Artículo 167 Código Penal
Artículo 1 ...166 bis 166 ter 167 168 169 ...355
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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