Código Penal Artículo 315 Estado de México
Código Penal México
Artículo 315.
A quienes compren, vendan o en cualquier forma transfieran o adquieran ilegalmente la tenencia de bienes sujetos a régimen ejidal o comunal, con propósito de lucro o para obtener un beneficio para sí o para otros, se les impondrán de dos a diez años de prisión y de cien a mil días multa.
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