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Código Penal Artículo 83 Estado de Oaxaca


Código Penal
Artículo 83.

Los Tribunales, salvo disposición en contrario, suspenderán la ejecución de la prisión impuesta en sus sentencias, siempre que concurran las siguientes circunstancias:

I.- Que la privativa de libertad no exceda de tres años;

II.- Que sea la primera vez que el sentenciado haya cometido o participado en la ejecución de algún delito doloso;

III.- Que hasta que cometió el delito por el cual se le ha sentenciado y durante el proceso, haya observado buena conducta; y

IV.- Que tenga modo honesto de vivir y de sufragar sus necesidades y las de las personas que dependan de él económicamente



Estado de Oaxaca Artículo 83 Código Penal
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¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?



La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?



Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?



Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.



A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?



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