< Código Penal

Código Penal Artículo 248 Estado de Sonora


Código Penal Sonora
Artículo 248.

Las lesiones inferidas por quienes ejerzan la patria potestad o la tutela a los menores o pupilos bajo su guarda, en ejercicio del derecho de corregir, no serán punibles si se tratare de las comprendidas en la fracción I del artículo 243 y, además, el autor no abusare de ese derecho, corrigiendo con crueldad o con innecesaria frecuencia. En cualquier otro caso, las sanciones que correspondan por las lesiones que se causen conforme a los artículos precedentes, se aumentarán en cuatro años de prisión y multa de cincuenta Unidades de Medida y Actualización, pudiendo imponerse, además, a juicio del juzgador, la pérdida o suspensión de la patria potestad o la tutela. En este supuesto el delito se perseguirá de oficio



Estado de Sonora Artículo 248 Código Penal
Artículo 1 ...246 247 248 249 250 ...343
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



  1. Una pregunta lo que pasa que en mi empresa tenía horarios de 6 a 2 de 2 a 10 y de 10 a 6 am entonces ahora mi empresa quiere cambiar los horarios de 5 de la tarde a 3 de la mañana y ni trasporte dan entonces que ago


No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato.



Cesión y poder son cuestiones diferentes. Seguramente se trata de una cesión de derechos de crédito, litigiosos etc, en general se adquiere el crédito, sustituyendo al acreedor.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse