Código Procesal Penal Artículo 238 Estado de Oaxaca
Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 238. Otras inspecciones
Podrá determinarse el ingreso a un lugar cerrado sin orden judicial cuando:
I.Se tenga noticia que personas extrañas han sido vistas mientras se introducen en un local, con indicios manifiestos de que pretenden cometer un delito;
II.En flagrancia se persiga materialmente a un imputado y éste se introduzca a un local
cerrado para evadirse; o
III.Voces provenientes de un lugar cerrado o habitado o de sus dependencias anuncien que allí se está cometiendo un delito o pidan socorro.
Los motivos que determinaron la inspección sin orden judicial constarán detalladamente en el acta que al efecto se levante
Estado de Oaxaca Artículo 238 Código Procesal Penal
Mejores juristas
buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias
Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?
Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento
Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?
En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?
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