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Código Procesal Penal Artículo 382 Estado de Oaxaca


Código Procesal Penal Oaxaca
Artículo 382. Discusión final y cierre del debate

Terminada la recepción de las pruebas, el presidente concederá sucesivamente la palabra al Ministerio Público, a la parte coadyuvante, al actor civil y al tercero civilmente demandados si los hubiere, y al defensor del imputado, para que, en ese orden, emitan sus alegatos.

Si participan dos representantes del Ministerio Público o dos licenciados en derecho por alguna de las demás partes, todos podrán hablar dividiéndose la tarea.

Tanto los agentes del Ministerio Público como las partes coadyuvantes y los defensores podrán replicar, pero siempre corresponderá a estos últimos la palabra final. La réplica se deberá limitar a la refutación de los argumentos contrarios que antes no hubieran sido objeto de los alegatos. En éstos, las partes podrán incluir la solicitud prevista en el artículo anterior (Nuevas pruebas).

En caso de manifiesto abuso de la palabra, el presidente llamará la atención al orador y, si este persiste, podrá limitar racionalmente el tiempo del alegato, según la naturaleza y complejidad de los hechos en examen, las pruebas recibidas y las cuestiones a resolver. Vencido el plazo, el orador deberá emitir sus conclusiones.

Luego, el presidente preguntará a la víctima que esté presente, cuando no haya intervenido como parte coadyuvante en el debate, si tiene algo que manifestar y, en su caso, le concederá la palabra. Por último se le concederá la palabra al acusado si desea agregar algo más y declarará cerrado el debate



Estado de Oaxaca Artículo 382 Código Procesal Penal
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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